El municipio de Marmato, en Caldas, ha sido de vital importancia para la explotación de oro desde que los conquistadores españoles a mediados del siglo XVI, comenzaron su extracción, llevados allí por los indígenas Cartama. El imperio español finalizó la explotación de oro, a comienzos del XIX, luego de la gesta liderada por Simón Bolívar, quien, con el fin de garantizar el cubrimiento de los empréstitos hechos a Inglaterra para financiar la guerra de independencia, entregó de por vida a la Casa Goldschmidt, varias hectáreas del territorio nacional, en donde, entre otros, se ubicaban las minas de Marmato y Supía (Caldas). En otras palabras, la soberanía de esas porciones de tierra (suelo y subsuelo), fue dadas en forma de pago.
A comienzos del siglo XX, finalizando la Guerra de los Mil Días, el presidente colombiano Rafael Reyes Prieto, trasladó a su copartidario, el general Alfredo Vázquez Cobo los títulos de propiedad sobre los yacimientos, que este, poco después, traspasó a la compañía Western Sindicate Limited, y ésta, a su vez, los transfirió a la Colombian Mining Exploration Co. En 1936, el Gobierno Nacional tomó la decisión de arrendar el emporio minero a empresas nacionales; sin embargo, durante todo este tiempo, de forma constante y al margen de la explotación de las empresas mineras extranjeras, las comunidades continuaron realizando la explotación del mineral para garantizar su subsistencia, de modo tal, que la economía de la región fue impulsada principalmente por la minería artesanal.
En 1946, se expidió la Ley 66, que dividió las zonas de explotación en Marmato en una zona alta, reservada a la pequeña minería, y una zona baja, dedicada a la mediana. En 1954, por Decreto legislativo 2223, se mantuvo la zona alta para la pequeña y la mediana, pero la zona baja se reservó para la minería empresarial. En 1969 se expide la Ley 20, que nacionaliza el subsuelo, pero excluye los derechos adquiridos desde la época de la independencia, frente a yacimientos descubiertos y que hayan sido debidamente adquiridos, como lo fue en el caso de varios sectores de Marmato, dándoles el carácter de propiedad privada con todas sus implicaciones jurídicas.
En 1970, bajo el régimen de Registro de Propiedad Privada (RPP-0357), se determinó que la administración de la zona alta corriera por cuenta de la Empresa Colombiana de Minas (Ecominas), que se transformó después en Minerales de Colombia S. A. (Mineralco) y que sería sustituida más tarde por la Empresa Nacional Minera Ltda. (Minercol). En 1990, Mineralco abandonó las plantas y los molinos Cien Pesos, Santa Cruz y El Colombiano, ubicados en la zona alta de Marmato, y la empresa Mineros de Caldas S. A. adquirió alrededor de 80 minas que clausuró poco tiempo después, esto ocasionó la pérdida del empleo de más de 800 obreros provenientes principalmente de Marmato y los municipios aledaños. Debido a esto, muchos de los mineros, obreros y funcionarios generales de la empresa minera, al estar desempleados, comenzaron con la explotación artesanal y pacífica de estas minas clausuradas y abandonadas de manera artesanal, y construyeron sus casa y hogares alrededor de las bocaminas.
Desde entonces la comunidad ha tenido posesión pacífica en la vereda Echandía, promoviendo progreso y desarrollo a través de la generación de empleos, la construcción de colegios y carreteras. Sin embargo, esto implicó el inicio de una serie de conflictos entre la comunidad y las empresas. Mineros de Caldas vendió sus derechos a la Colombian Goldfields, y ésta, a su vez, los negoció con la Medoro Resources, una de las más grandes compañías auríferas del mundo, empresa canadiense cuyos capitales llegan hasta el gigante energético Pacific Rubiales, posteriormente la razón social de la empresa se transformó en Croesus y finalmente, luego de procesos de adquisición, la zona es explotada por la empresa Aris Mining, multinacional que explota otros yacimientos de oro en Colombia.
Desde los tiempos de explotación por Croesus, las empresas han buscado trasladar a la población del municipio hacia un sector llamado El Llano, alegando la necesidad de abrir el cerro de arriba abajo para facilitar la explotación, incluso a cielo abierto. Este proceso implica comprar y/o compensar, o desconocer los derechos de propietarios y poseedores, lo que ha generado tensiones y resistencia por parte de la comunidad. El conflicto llevó a eventos dramáticos, como la protesta general de la comunidad en 2010 y la trágica muerte del cura párroco José Reinel Restrepo, en extrañas circunstancias, quien públicamente expresó su resistencia a la expulsión de la comunidad del territorio a través de la no violencia. Desde entonces La situación se ha mantenido tensa, reflejando la profunda preocupación de la comunidad por la preservación de su territorio y modos de vida.
En el año 2011, la empresa Croesus ofreció compensaciones para realizar el traslado de toda la población, como, por ejemplo, la creación de un museo e infraestructura, pero la comunidad rechazó estas propuestas; con la comunidad de la zona alta, en la vereda Echandía, quienes son propietarios o poseedores legítimos y generadores de desarrollo, también se adelantaron acuerdos de compensación con el fin de que abandonaran la actividad minera y permitieran la explotación por parte de la compañía. Dichos acuerdos suscritos, fueron incumplidos por parte de la multinacional sin una justa causa.
En los últimos años, la población ha manifestado reiteradamente, la necesidad de una consulta previa con las comunidades étnicas, pero se ha ignorado su clamor en favor de los intereses de las empresas multinacionales, quienes, han sostenido que la tradición minera de la región y la falta de reconocimiento legal de consejos comunitarios y asociaciones mineras, justifican la explotación. Así las cosas, la comunidad de Echandía continuó con la explotación normal del subsuelo, que recordemos no es de propiedad del Estado, generando empleo para la comunidad y procurando el desarrollo del territorio.
La comunidad exige el cumplimiento de estos acuerdos previamente pactados, como una cuestión de justicia, reconocimiento de sus derechos y contribuciones históricas. Teniendo en cuenta la Ley 20 de 1969 que nacionalizó el subsuelo, pero excluyó los derechos adquiridos en yacimientos descubiertos y debidamente adquiridos, la comunidad de Marmato solicita la adjudicación formal de porciones de propiedad privada, esta petición se basa en el reconocimiento legal de sus derechos adquiridos, tanto por la prescripción adquisitiva de dominio como por, la posesión pacífica y el desarrollo histórico de la región a través de la minería artesanal. Las y los marmateños exigen el reconocimiento y respeto de sus derechos históricos y culturales, esto incluye la preservación de su modo de vida, sus prácticas culturales y tradiciones mineras que se han desarrollado a lo largo de siglos, y la participación activa, significativa, libre e informada sobre cualquier proyecto o iniciativa que pueda impactar su región, y en las decisiones que afectan su territorio y modo de vida. Por último, la comunidad aboga por medidas que aseguren un desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente en Marmato, reconociendo el impacto ambiental de la minería, pero buscando salvaguardar los recursos naturales y el ecosistema del cual dependen para su subsistencia.