Al banquillo la Infanta Cristina de Borbón

El juez de Palma José Castro ha finalizado la instrucción del ‘caso Nòos’ y ha concluido que hay indicios suficientes para sentar en el banquillo a la infanta Cristina de Borbón por dos delitos fiscales y otro de blanqueo de capitales, que sumarían un total de hasta 16 años de cárcel.

Junto a ella, se sentarán en el banquillo de los acusados otras 15 personas, entre ellas su marido Iñaki Urdangarin, que se enfrenta a 25 delitos. Sin embargo, la Infanta es la única de todos ellos a la que se le imputa el delito de blanqueo de capitales.

La explicación que da el magistrado en el auto es que hasta 2010 la ley no contemplaba el autoblanqueo como delito. Es decir, si una persona obtiene dinero ilícitamente y luego lo blanquea, el primer delito absorbía al segundo y por eso ni a Urdangarín ni a su socio Diego Torres se le puede inculpar por el blanqueo. Sin embargo, para Castro la Infanta blanqueó el dinero obtenido por su marido a través de contratos fraudulentos al pagar con ese dinero, que era desviado desde el Instituo Nóos a la sociedad Aizoon, diversas facturas, a los empleados del hogar, viajes y muchos otros gastos.

Precisamente al imputarla por blanqueo de capitales Cristina de Borbón podría llegar a sentarse en el banquillo de los acusados en caso de que la Audiencia Provincial de Palma no admita los recursos que se interpongan. La razón es que según la ‘doctrina Botín’ del Tribunal Constitucional cuando el delito tiene un perjudicado directo, en este caso para los delitos fiscales sería Hacienda, si éste no acusa no se puede sentar a alguien en el banquillo sólo con la acusación popular.

Así que Doña Cristina nunca podrá ser acusada de estos delitos porque tanto Anticorrupción como la Abogacía del Estado -que representa a Hacienda- ya han anunciado que no van a acusar y que van a recurrir el auto de Castro. Otra cosa es con el delito de blanqueo de capitales porque el perjudicado es más difuso, es toda la economía española y por tanto, según la ‘doctrina Atutxa’ en ese caso sí puede ser enjuiciada sólo con una acusación popular contra ella, que en este asunto representa el sindicato Manos Limpias.

Junto a ellos, también se abre proceso contra la mujer de Torres, Ana María Tejeiro y el expresidente balear, Jaume Matas. Sin embargo, Castro no encuentra suficientes indicios contra el asesor de la Infanta, Carlos García Revenga, el vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, el exempleado del Instituto Nòos, Mario Sorribes, y al empresario valenciano Miguel Zorio, para quienes dicta el sobreseimiento provisional.

En su auto, Castro la considera responsable de la utilización de Aizóon, la sociedad que tenía al 50% con su marido, y que según la propia Agencia Tributaria se trataba de una empresa pantalla sin apenas actividad y carente de personal efectivo. “Mal se puede entender que se viere precisada a alquilar unas oficinas y que precisamente lo tuviera que hacer en la propia vivienda propiedad de los dos únicos partícipes de aquella, creando así un nuevo cauce para el vaciado de sus fondos, cauce en el que directamente intervino activamente Doña Cristina de Borbón”, señala el auto.

Esta afirmación no sólo se desprende de las facturas que a título personal ha venido librando durante un dilatado periodo de tiempo, desde enero de 2007 hasta diciembre de 2008, según recoge Castro, sino por el propio contrato de arrendamiento que fue suscrito por ella, no sólo en su calidad de arrendadora, sino también en la de arrendataria.

Tras el análisis de todas las pruebas, la conclusión es inevitable: “Sin entramado societario no habría delito”, un entramado en el que participó Doña Cristina de Borbón. “A mayor abundamiento, los supuestos delitos contra la Hacienda Pública que se imputan a Urdangarín difícilmente se podían haber cometido sin, cuanto menos, el conocimiento y aquiescencia de su esposa por mucho que de cara a tercero indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira para otro lado”. Así que para el magistrado “hay sobrados indicios de que colaboró activamente con éste”.

“Exigencias del guión”

El juez reprocha tanto a la hermana del Rey Felipe VI como a la mujer de Diego Torres que no aclararan sus conocimientos y participación en el entramado societario creado por sus maridos cuando fueron citadas a declarar como imputadas. Es más, les recrimina que no se preparan mejor el interrogatorio y aludieran a la falta de memoria y a la ignorancia. En el caso de Doña Cristina de Borbón, ya no es que las preguntas que se le formularían fueran “fácilmente adivinables”, sino que una gran parte de las que se le llegaron a formular le debían resultar “previamente conocidas”.

A lo largo de todo el auto, Castro insiste que hay sobrados indicios contra la Infanta porque sabía de la comisión de esos delitos. En su resolución destaca en varias ocasiones la falta de pudor de la hija de Don Juan Carlos de intentar negar la evidencia y apelar a la ignorancia para que cambiara de criterio y sobreseyera el asunto respecto de ella. “Si la explicación a esta actitud residía en la confianza, veneración o amor que profesaba a su marido así como la repercusión que a efectos penales pudiera, en su caso, de ello derivarse, es cuestión sobre la que este hasta ahora instructor no debe pronunciarse”, sino que lo deberá hacer un tribunal.

La Infanta se enfrenta a tres delitos, algo muy inferior a lo que le viene a su marido. Castro sostiene que de la investigación que ha llevado a cabo en los últimos cuatro años se desprende que Urdangarín cometió al frente del Instituto Nòos un total de 25 delitos, concretamente cinco delitos de prevaricación, cinco de malversación de caudales públicos, cinco de fraude a la administración y cinco de tráfico de influencias por los contratos que Nóos suscribió con administraciones públicas. Además, le imputa falsedad de documento oficial, falsificación de documentación mercantil, estafa y dos delitos de fraude a Hacienda. Según fuentes del Ministerio Público, de todo el auto, Anticorrupción está de acuerdo con todo lo fijado por Castro excepto la parte relacionada con Doña Cristina, que será lo que recurrirá.

No es definitiva

La decisión de Castro no es la definitiva. Tanto la defensa de la Infanta como la propia Fiscalía y Abogacía del Estado que se han opuesto en todo momento a ir en contra de ella al entender que está fuera de todo el entramado de su marido, recurrirán esta decisión ante la Audiencia Provincial de Palma, el mismo órgano que ya ordenó desimputar a la hermana de los Reyes de España la primera vez que lo intentó Castro como cooperadora necesaria de todos los delitos presuntamente cometidos por su marido.

Fuentes jurídicas señalan que es difícil que esta Sala ratifique el auto del instructor cuando no hay un informe favorable de la Agencia Tributaria, ni Policía ni Fiscalía. Por los delitos fiscales es difícil que se sienta en el banquillo de los acusados porque lo impide el Tribunal Constitucional. Según la conocida como ‘doctrina Botín’ cuando el delito tiene un perjudicado directo, en este caso Hacienda, si éste no acusa no se puede sentar a alguien en el banquillo sólo con la acusación popular. Así que Doña Cristina nunca podrá ser acusada de estos delitos porque tanto Anticorrupción como la Abogacía del Estado -que representa a Hacienda- ya han anunciado que no van a acusar y que van a recurrir el auto de Castro.

Tomado de Elconfidencial.com