Confidencial Colombia recibió una grave denuncia en un área de reserva forestal en jurisdicción de Usme que está siendo agredida por la mano del hombre. Una superficie de hectárea y media de bosque de frailejón ha sido talada en la vereda Arrayanes en un predio denominado “El Candado” para el cultivo ilegal de papa. Periodistas de este portal nos trasladamos al terreno y fuimos testigos de la creciente problemática que aqueja uno de los reservorios de agua más importantes del país en el páramo más grande del mundo.
El páramo de Sumapaz, uno de los más bellos ecosistemas del planeta dedicado, entre otras cosas, a la regulación del ciclo del agua de la naturaleza, enfrenta una gran amenaza por el ensanchamiento de su frontera agrícola, por cultivos de papas, ganadería y otros malos usos del suelo y a nadie pareciera importarle.
Especialistas consultados advirtieron al Confidencial Colombia que la tala, la quema, el aprovechamiento indiscriminado de la flora y la fauna silvestres, cultivos (principalmente de papa), ganado y las explotaciones mineras, son las mayores amenazas de estas reservas y han seguido en constante crecimiento sin control alguno.
Habiendo hecho trabajo de campo, es evidente que gran parte del páramo ya ha sido parcelado y se han explanado varias zonas para el excesivo aprovechamiento agrícola, que pasa inadvertido a la lupa de las autoridades.
No obstante, la denuncia cobra un particular valor, porque este terreno se ubica a pocos metros de un nacimiento de agua que desemboca en el embalse La Regadera, que abastece del preciado líquido a gran parte del suroriente de la capital del país.
Los cultivos son muy nocivos para ese suelo y los cuerpos de agua, por los fungicidas o químicos que se emplean para la erradicación de parásitos o agentes externos que puedan estropear la siembra.
Examinamos con la Unidad de Planificación Rural y Agropecuaria del ministerio de agricultura y desarrollo rural y comprobamos que, aunque ya existen restricciones legales y unos condicionantes para los sistemas productivos (agro), hay páramos como el de Santurbán, Almorzadero y Sumapaz que aún no tienen decretadas las zonas de páramo en las que no puede haber ningún tipo de intervención.
Este portal pudo confirmar que la Corporación Autónoma Regional ya había iniciado un proceso sancionatorio de carácter ambiental con resolución 178 de 17 de junio de 2016, en aplicación de la ley 1333 de 2009. Para lo que se impuso una medida preventiva en la que se ordena la suspensión de manera urgente la actividad ilegal hasta que culmine el proceso sancionatorio.
El proceso, de acuerdo con la Corporación, se impuso en contra de los señores Walter Pulido y Moisés Pulido. Pero hasta diciembre del año pasado apenas se solicitaron los planes para la identificación del predio.
Éste se encuentra apenas etapa de recolección de pruebas para formular cargos, aunque haya una flagrancia indiscutible.
Los denunciantes aseguraron a Confidencial Colombia que al predio desde mediados del año pasado no se le ha realizado ningún tipo de vigilancia. Hecho que pudimos comprobar porque para principios de este mes, cuando hicimos presencia en el perímetro, estaban yaciendo decenas de costales atiborrados de papa recientemente acopiados.
Además, al predio le habían cerrado una carretera artesanal que era utilizada para el acceso del tractor con el que se recogía la cosecha. Por lo que al dueño de la parcela no le quedó otra opción que transitar sin ningún escrúpulo con el pesado automotor a través de la montaña, afectando en su trayecto cientos de metros cuadrados tupidos con bosque de frailejón.
Trayecto del tractor que afectó parte de la montaña
Fuentes consultadas por este medio en la CAR aseguraron que no se puede inculpar a nadie hasta que haya un dictamen; “sin embargo, generalmente cuando es un área de reserva y están cultivando o construyendo, es evidente la infracción. Pero se debe respetar el debido proceso”.
“Nosotros no podemos sancionar desde el principio. Nosotros tomamos medidas preventivas a través de un acto administrativo que se puede dar a raíz de un informe técnico que hace el ingeniero en campo, pero es difícil hacerle seguimiento a dichas zonas por el difícil acceso al área”, aseguró la fuente.
La desatención e indiferencia de las autoridades no sólo recae en la CAR, sino también en el distrito. En el artículo 65 de la ley 99 de 1993, se determina que las alcaldías deben, de manera coordinada, efectuar seguimiento a cualquier acto administrativo de carácter ambiental que tenga como propósito la protección de cualquier ecosistema afectado.
Intentamos comunicarnos con la Secretaría de Ambiente de la Alcaldía de Bogotá, pero no fue posible tomar una declaración oficial del distrito sobre este particular.