El juez sienta a la Infanta en el banquillo

El juez de Palma, José Castro, ha decidido finalmente seguir adelante con la acusación de la infanta Cristina de Borbón en el caso Nóos como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales cometidos por su marido Iñaki Urdangarin. Se acabaron las opciones de la hermana del Rey, que en un año aproximadamente se sentará junto a otras 16 personas ante la Audiencia Provincial de Palma para ser juzgada.

El juez instructor del caso Nóos reclama en su auto de apertura de juicio oral (léalo aquí íntegro) el pago de 2,6 millones de euros en responsabilidades civiles.

En el auto, abre juicio contra 17 personas, entre ellas la infanta Cristina, como cooperadora necesaria en dos delitos contra la Hacienda pública, Iñaki Urdangarin, su socio, Diego Torres, la esposa de éste Ana María Tejeiro, su hermano Marco Antonio Tejeiro, y el expresidente balear Jaume Matas, entre otros.

El magistrado ordena que los acusados presten fianza en diferentes cuantías. El auto fija un plazo de treinta días, en atención a la complejidad de la causa, para que los acusados presenten sus escritos de defensa. Tras este trámite, la pieza 25 Nóos será remitida a la Audiencia Provincial de Palma para celebrar el juicio. El juez cierra el auto señalando que contra esta resoluciónno cabe recurso alguno pudiendo los interesados reproducir ante el órgano de enjuiciamiento las peticiones no atendidas.

En el auto, el instructor hace un amplio análisis de porqué doña Cristina de Borbón debe sentarse en el banquillo de los acusados. Además, tira por tierra la ‘doctrina Botín’ del Supremo y entiende que como Hacienda “somos todos”, existe un interés general y, por tanto, se debe aplicar la ‘doctrina Atutxa’, por la que se permite llevar a juicio a una persona sólo con la acusación popular y aunque Fiscalía y Abogacía del Estado no actúen.

En su resolución, aprovecha para devolver al fiscal del caso todas las acusaciones vertidas por éste en sus escritos. Le recuerda que la presunción de inocencia que tantas veces ha dicho que no se ha respetado para la Infanta, y que se ha aireado a los cuatro vientos que no existe en España, “no estriba en cerrar los ojos ante las sospechas que puedan darse sobre la comisión de un delito, sino continuar la investigación hasta que aquéllas se desvanezcan o se tornen en indicios racionales”.

Si hay indicios contra la persona investigada, ésta tiene que ir a juicio, y es lo que se le ha aplicado a la hija de Juan Carlos I, con quien se “ha sido incluso aún más garante que con los demás imputados, y cualquier censura debiera venir por ese lado, por lo que la alegada indefensión, si es que existe en algún recóndito tramo que no es adivinable, sería la misma que padecerían todos los imputados de esta causa y de todas las demás que se siguen en el país”, destaca Castro, quien se califica en este caso de “hipergarantista”. Asimismo, rechaza “enérgicamente”, tal y como ha mantenido el fiscal, que se hayan producido distorsiones por el hecho de ser quien es.

Castro, contra el Supremo


Tanto el fiscal como la defensa de Cristina de Borbón solicitaron que se aplicara la ‘doctrina Botín’ fijada por el Tribunal Supremo en 2007 a través de la cual estima que en el delito fiscal el perjudicado es la Agencia Tributaria y si ésta, o la Fiscalía, no emprende acciones legales al no sentirse perjudicada, ninguna acusación popular puede hacerlo. Sin embargo, para Castro, esta sentencia quebrantó “una rancia trayectoria del mismo Tribunal que sin fisuras venía atribuyendo legitimación a la acusación popular para interesar con éxito y en solitario la apertura del juicio oral”.

El magistrado muestra en su resolución su desacuerdo con esta sentencia y señala que para aplicar este criterio primero hay que ver qué grado de reiteración ha obtenido, el criterio interpretativo sentado en la misma “ya que una sola sentencia, por muy ilustrativa que pudiere resultar, no crea jurisprudencia, que sólo se obtiene cuando ese criterio es favorablemente acogido, cuando menos, por otra ulterior, y en segundo lugar procede determinar qué identidad, similitud o analogía guarda el caso que ahora nos ocupa”.


“Lo que tú defraudas, lo pagamos todos”


El juez instructor ha optado, para sentar a la infanta en el banquillo de los acusados, por aplicar la ‘doctrina Atutxa’, que se utilizó para condenar al expresidente del Parlamento vasco por un delito de desobediencia por no disolver el partido Sozialista Abertzaleak, suspendido por su vinculación con ETA por el alto tribunal. En este caso, se entendió que el delito de desobediencia es de interés general y en este caso no hacía falta que la Fiscalía o Abogacía del Estado actuara, porque con la acusación popular valía. Es ahí cuando Castro recuerda el propio eslogan de la Agencia Tributaria: “Hacienda somos todos” y otras campañas más recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: “Lo que tú defraudas,lo pagamos todos”.

“Esto fuerza a plantearse la naturaleza del delito contra la Hacienda Pública como atentado a un bien jurídico colectivo de interés general y que por tanto no vulnera un bien jurídico individual, que pudiera ser propio y exclusivo de la Agencia Tributaria”, recalca.

Y concluye: “Sobradas experiencias personales lo avalarían. Ante un determinado volumen de evasión fiscal, el Gobierno de turno, que ve disminuido sus ingresos, efectúa una automática compensación recortando los servicios públicos, aumentando la presión fiscal o, lo que es más frecuente, ambas cosas a la vez, pero en todo caso es el indeterminado colectivo de los ciudadanos el que se ve directamente afectado por el delito. Ello no es óbice a que sea la Agencia Estatal de Administración Tributaria quien, como gestora de los fondos públicos que los contribuyentes han puesto a su disposición, lleve a cabo los actos administrativos de comprobación y cuantificación del fraude, ejerza en su caso labores de auxilio a los Juzgados y Tribunales y, a través de la Abogacía del Estado, como no podía ser de otro modo, se persone como acusación particular al no poder hacerlo directamente los ciudadanos, a quienes les resultaría de imposible cuantificación el perjuicio que para cada uno de ellos ha representado la picaresca fiscal pero que no por esa imposibilidad quedan privados de su condición de ofendidos”.

Casa Real expresa respeto absoluto a la justicia


La Casa Real ha expresado su “respeto absoluto a la independencia del poder judicial”, tras conocerse esta mañana la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma. El juez considera que el papel de la Infanta Cristina fue imprescindible para que su marido Iñaki Urdangarín, defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente pantalla de la que ambos son propietarios.

La Casa Real ya anunció el pasado 7 de noviembre que deja en manos de la Infanta la decisión de renunciar o no a sus derechos dinásticos. “Es una cuestión que le corresponde a ella”, indicó en su momento un portavoz de Zarzuela.