La Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido de extradición de María del Pilar Hurtado hecho por el Congreso de la República. El alto tribunal espera que el pedido lo haga formalmente la Fiscalía General de la Nación. Hurtado es requerida por la justicia colombiana por su presunta responsabilidad en las “chuzadas” del DAS durante el gobierno Uribe.
El pedido de extradición hecho por la Comisión de Relaciones Internacionales del Congreso de la República fue rechazado por la Corte Suprema de Justicia, que es quien lleva el proceso de María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS en el gobierno Uribe, asilada en el vecino país.
Este rechazo por “improcedente” que podría tomarse como un revés para el presidente Santos, después de haber anunciado que las posibilidades de extraditar a Hurtado ya habían sido contempladas con el nuevo presidente de Panamá, Juan Carlos Varela; en realidad lo que generaría es un blindaje jurídico del pedido de extradición.
La respuesta del alto tribunal señala que la Comisión no tiene las facultades jurídicas para hacer ese tipo de solicitudes toda vez que no es autoridad judicial. Sin embargo, aclara que de llegar a solicitarlo la Fiscalía General de la Nación se estudiaría la solicitud ya que formalmente el ente investigador sí puede hacer ese pedido.
De esa manera se le estaría buscando al pedido de extradición de la exdirectora del DAS, prófuga de la justicia colombiana desde 2011, una solidez formal que no permitiría que existieran peros o suspicacias en su contra.
Hasta el momento la Fiscalía General no se ha pronunciado sobre su interés en solicitar o no la extradición de la exfuncionaria acusada de violación ilícita de comunicaciones, peculado, abuso de función pública y concierto para delinquir en el caso conocido como las “chuzadas” del Das. Sin embargo, dejó claro que en contra de Hurtado pesa una orden de captura y hay medida de aseguramiento vigente.
La exdirectora del DAS ha sido señalada de llevar la información obtenida ilegalmente a periodistas, opositores del gobierno Uribe y magistrados, al exmandatario para su beneficio personal.