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La tutela que le faltaba al paro judicial


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Una acción legal fallada por un juez del tribunal administrativo de Cundinamarca dejó sin piso el acuerdo suscrito entre el gobierno y el sindicato de la rama Asonal Judicial, y le ordenó a los Ministerios de Justicia y de Trabajo levantar la mesa de concertación. Se prolonga el retorno de la Justicia.

El siete de diciembre de este año, Rosse Maire Mesa Cepeda y un centenar de jueces de la República decidieron imponer una acción de tutela contra el ministerio de Haciendo, de Justicia y de Trabajo por lo que consideran una violación a “los derechos fundamentales a la participación ciudadana, pluralista y participativa”.

Los funcionarios hacen parte del reducido grupo de trabajadores de la rama judicial que se encuentra en paro, y que en enero próximo seguirá pidiendo una nueva negociación con el gobierno nacional para mejorar las condiciones salariales de los empleados y la nivelación prometida hace más de 20 años.

La acción legal que interpusieron ante el tribunal administrativo de Cundinamarca se fundamenta en el hecho de que, según ellos, el acuerdo suscrito entre los ministerios y un sector de Asonal Judicial, representado entonces por Luis Fernando Otálvaro, “no tiene la vocería ni la representación de los Colegios y Asociaciones, en el que no estuvieron presentes representantes de todos los Colegios y Asociaciones judiciales de Colombia, si bien satisface la idea del derecho de la nivelación salarial de los empleados y funcionarios que representa’ ASONAL JUDICIAL, no puede agotar el derecho a la negociación colectiva, dado que no se tuvo en cuenta el desacuerdo presentado por algunas organizaciones y no incluyó en la concertación a todas las asociaciones y corporaciones de los trabajadores judiciales”.

Es por esto que los demandantes pidieron a la justicia “AMPARAR nuestro derecho fundamental a la NEGOCIACIÓN COLECTIVA como instancia de concertación que ejercemos a través de la entidad que nos agremia, de cara a obtener un salario justo y equitativo como nos lo confiere el Parágrafo del arto 14 de la Ley 4 de 1992 y los Tratados suscritos por Colombia con la OIT”.
Y “abstenerse de imponemos el contenido del “Acuerdo” celebrado con la organización sindical ASONAL JUDICIAL, a través del doctor Fernando Otalvaro, el día 6 de Noviembre de 2012 y que tiene desarrollo en la Resolución 741 del día 7 de Noviembre de 2012 expedida por la Ministra de Justicia y los decretos que lo contengan, así como de considerar que el mismo constituye transacción y/o pérdida de derechos laborales y/o incrementos superiores que nos corresponderían por las demandas que por nivelación salarial pudieran interponerse”.

El juez ha decidido, en fallo de primera instancia, “Ordenar la suspensión de las sesiones de la Mesa Técnica Paritaria convenida en el Acuerdo del6 de noviembre de 2012 y conformada por la Resolución No. 741 de 2012” y “garantizar la participación del representante de los disidentes en las discusiones que se surtan en la Mesa Técnica Paritaria desde el momento de su ingreso hasta la finalización de la misma”.

Lo que no han podido conseguir con el cese de actividades, los funcionarios que aún se encuentran en paro pueden ganarlo por la vía legal. La justicia, que acordó un pacto con la mayoría del sindicato y decidió volver a trabajar”, falla a favor de la disidencia y le abre una ventana para que el acuerdo negociado pierda validez.

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