Los cuatro sancionados no podrán ejercer cargos o contratar con instituciones de educación por periodos que van de 7 a 8 años y medio.
El Ministerio de Educación sancionó a quien ejercía como representante legal de la Fundación Universitaria San Martín y a tres directivos más que integraban el plénum, máximo órgano de dirección y gobierno de esa institución.
Según informa el Ministerio, a los procesados se les halló responsables de incumplir las órdenes, requerimientos e instrucciones que emitió esta cartera, entre el 24 de diciembre de 2014 y el 2 de febrero de 2015, “con el propósito de obtener información tendiente a la oportuna elaboración del diagnóstico inicial de la institución, la adopción del plan de mejoramiento institucional, el decreto de medidas administrativas y su garantía de eficacia, además de la reanudación de la prestación del servicio educativo; dificultando en consecuencia el ejercicio de las facultades de inspección y vigilancia que estaban siendo desplegadas por esta Cartera Ministerial en un contexto de grave interrupción de la prestación del servicio educativo y afectación del derecho fundamental a la educación superior”.
“De acuerdo la gravedad de los hechos y la clara afectación del servicio público de la educación, el Ministerio de Educación Nacional sancionó a José Ricardo Caballero Calderón, en calidad de Representante Legal de la Fundación Universitaria San Martín, con inhabilidad de siete (7) años para ejercer cargos o contratar con instituciones de educación”, precisa la entidad en un comunicado.
Asimismo, la cartera de educación sancionó, por los mismos hechos, a Martín Eduardo Alvear Orozco, Xiani Piedad Ocampo Cequeda y Antonio Sofán Guerra es de inhabilidad de ocho (8) años y seis (6) meses para ejercer cargos o contratar con instituciones de educación.
En la resolución se declara la extinción de la acción administrativa sancionatoria respecto del fallecido Mariano Alvear Sofán.
Asimismo, se ordena archivar la acción administrativa sancionatoria a la Fundación Universitaria San Martín por cuanto las mencionadas faltas son atribuibles únicamente a quienes ejercían su dirección y no a la institución como persona jurídica.
Finalmente, el Ministerio precisa que este proceso administrativo sancionatorio es independiente de las demás acciones legales (penal, laboral y disciplinaria, entre otras), a que haya lugar con ocasión de los hechos investigados.