La Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos que crearon la contribución parafiscal al combustible. La decisión deja sin recursos al Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles.
El alto tribunal falló a favor de la demanda instaurada por el presidente del Senado, Luis Fernando Velasco, el reciente 23 de abril, en contra de los artículos 69 y 70 de dicha ley. La Corte Constitucional tomó la trascendental decisión alrededor de los impuestos creados en la reforma tributaria de 2014.
Según el fallo, son inexequibles estos dos artículos, que crearon la contribución parafiscal al combustible por considerar que esta aprobación no fue de acuerdo a la ley, dado que este tributo fue incluido a última hora en la plenaria del Senado. Con esta decisión nuevamente el Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles queda sin fuente de financiación.
El presidente del Senado argumentó su demanda: “el debate del precio de los combustibles debe darse de cara al país y con todas las garantías para que los ciudadanos y los parlamentarios que creemos que los precios en Colombia son injustos, podamos fijar nuestra posición.
…Este parafiscal no fue socializado, ni discutido con la profundidad que estos temas requieren; hoy la Corte Constitucional decidió darme la razón y declarar la inexequibilidad de esos dos artículos. Espero que esto lleve al Gobierno a reevaluar la política de precios de combustibles abriendo un debate nacional para cambiar la fórmula con la que se calcula el precio de la gasolina que pagamos los colombianos”
En tanto a la falta de financiación del Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles, Luis Fernando Velasco cuestionó: ¿quién se va a quedar con los recursos de la caída del precio del crudo que hoy se encuentra por debajo de los 42 dólares?
El Gobierno Nacional tendrá que reevaluar desde que el cumplimiento de la sentencia en adelante, cómo fijará el precio de los combustibles.