"No somos agentes electorales del Presidente"

En un evento llevado a cabo en Paipa el Ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez, dio a conocer un concepto del Consejo de Estado acerca de la ley de garantías y su relación con las actuaciones del Presidente Juan Manuel Santos.

Alfonso Gómez Méndez, Ministro de Justicia, anunció en Paipa que el Consejo de Estado conceptuó sobre las actividades proselitistas del Presidente Santos.

En el concepto del alto tribunal, emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil, dice que el Presidente sí puede asistir a convenciones políticas. Lo que no puede hacer es inaugurar obras públicas, debido a la ley de garantías.

Gómez Méndez, en el II foro de Análisis del Sistema Penal Acusatorio, sentenció que el hecho de que Juan Manuel Santos sea candidato presidencial no pierde su condición de Jefe de Estado. De esa manera, no puede usar las obras públicas como actos de campaña pero puede difundir su obra de gobierno.

El Ministro aseguró que “El Presidente puede usar la Casa de Nariño como a bien tenga, puede invitar a quien quiera allí, aun cuando sean dirigentes políticos. Lo que no puede hacer es proselitismo, por ejemplo, poner afiches en la casa de Nariño”

Sobre el gabinete ministerial, Gómez Méndez dijo “No somos, como lo sugirió la Procuraduría, agentes electorales del Presidente de la República. Somos funcionarios del Estado que seguimos con la función administrativa del Gobierno, y en ese orden podemos inaugurar las obras del Gobierno, en el entendido de que no podemos hacer proselitismo ni invitar a votar por el presidente-candidato”.

Además, afirmó que la Primera Dama de la Nación es un particular que no tiene limitaciones en su accionar.

Con este anunció, Gómez Méndez desestimó las expresiones de la Procuraduría General de la Nación según las cuales el Presidente y el Gabinete están avocados a la actividad proselitista del mandatario con miras a un segundo periodo de gobierno.

“El concepto del Consejo de Estado es distinto a lo que habían expresado algunos funcionarios de la Procuraduría General. Para la Sala de Consulta. la actividad de la administración pública no se puede paralizar”, concluyó.

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