Noticias, Colombia, Confidencial, Bogotá, Cali, Medellín, En la mira de la DIAN

Tras el escándalo de los ‘Panama Papers’, el gobierno se dio a la tarea de buscar a los evasores de impuestos. La DIAN entregó un primer balance de las investigaciones. De los mil 200 colombianos en esos documentos, el 65% no ha reportado sus activos en el exterior. Es apenas la punta del iceberg.

Si usted es colombiano y tiene más de 106 millones de pesos colombianos (unos 35 mil dólares) en activos en el exterior, bien sea un apartamento o un negocio o una empresa, por ley debe declarar en un formulario que se llama ‘Declaración anual de activos en el exterior’. Si es una empresa debe anexarlo al impuesto a la riqueza, que se está pagando por estos días hasta el próximo 24 de mayo de 2016, y si es una persona natural deberá anexarlo a la declaración de renta que comenzará a pagarse a partir del segundo semestre de 2016.

No hay excusas. El gobierno le hizo este recordatorio y/o aclaración a los mil 200 colombianos que están en las bases de datos de los ‘Panamá Papers’. Deben declarar sus activos en el exterior. Ya un 35% de estos connacionales lo hicieron (es decir 420), pero el otro 65% aún no, es decir 780 personas naturales y /o empresas colombianas.

Y es que a partir de la lista que publicó el consorcio internacional de periodistas sobre las sociedades y personas naturales que tiene inversiones en Panamá y en otros llamados ‘Paraísos Fiscales’, la DIAN reforzó sus investigaciones sobre los contribuyentes colombianos. A eso se sumaron por ejemplo las visitas que hizo la entidad a las oficinas de Mossack Fonseca en Colombia. Aunque no es delito por sí solo el hecho de tener activos en el exterior, sí es ilegal que no se reporten en Colombia y que esto se haga con miras a evadir el pago de impuestos o el lavado de activos.

Cuando es un contribuyente colombiano, éste tiene que reportar sus activos y sus ingresos globales, no sólo los de Colombia. Y si esos exceden los 106 millones de pesos colombianos, hay que hacer un listado detallado de esas inversiones: cuentas en bancos, finca raíz, negocios, etc. Y dijo el gobierno que debe tenerse en cuenta el valor patrimonial, es decir lo que vale ese activo. Y eso se hace a través de la ‘Declaración anual de activos en el exterior’.

Esta declaración las empresas las pueden anexar al impuesto a la riqueza que se está pagando por estos días, hasta el 24 de mayo de 2016 y quienes hayan omitido esos activos, pagarán una penalidad del 11,5%, pero quedan declarados en Colombia esos activos en el exterior. Y en el caso de las personas naturales se presenta con la declaración de renta, a partir del segundo semestre de 2016. Pero sólo un 35% de los mil 200 colombianos de los ‘Panama Papers’ ha reportado sus inversiones en el exterior.

La DIAN y el Ministerio de Hacienda dijeron que estas primeras revelaciones son apenas la punta del iceberg, porque al momento hay unos 60 expedientes completos con toda la información de cada contribuyente, pero se va a llegar a 400 o 500 expedientes de colombianos que tienen problemas tributarios.


Los casos investigados:

1. Refacturación. 10 casos.

¿Cómo funciona?

Un grupo de empresas que quiere justificar unos costos en Colombia contrata unos servicios de una empresa en Panamá para emitir una factura y enviarle dinero a esa empresa. Con eso disminuye utilidades y paga menos impuestos en Colombia. La comisión de los intermediaros pueden ser del 3,5%. En este caso como son facturas falsas podría haber connotaciones penales.

2) Activos escondidos. 30 casos

¿Cómo funciona?

Grupos familiares que venden una empresa o un apartamento o cualquier activo y reciben el pago en el extranjero y nunca reportan en Colombia. Eso es un ‘Activo omitido en el exterior’. Posteriormente crean una empresa en un país extranjero y justifican que esa empresa es la dueña del activo. Y por esa vía nunca paga impuestos en Colombia.

3)Activos sin declarar. 30 casos

¿Cómo funciona?

Personas que tienen activos en el exterior y no están declarados ni en el impuesto a la riqueza ni en el de renta.

Otros casos:

La Dian explicó otros casos como el de un ciudadano colombiano que tenía una empresa en Colombia y creó varias empresas en Panamá, unas 5 o 6, que le exportan a Colombia y nunca reportó que eran empresas vinculadas y está cobrando por esos bienes que traen al país, de tal manera que la empresa en Colombia nunca tenía utilidades.

También se están depurando las bases de datos para conocer cuáles son las empresas inactivas.

Recientemente los gobiernos de Panamá y Colombia acordaron un tratado de intercambio de información financiera para combatir la evasión de impuestos.