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¿Sabe usted qué necesita para viajar a Europa?


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Este jueves 3 de diciembre los colombianos podrán viajar a 26 de los 28 países de la Unión Europea sin visa, por un tiempo máximo de 90 días. Si usted desea viajar tenga en cuenta estas recomendaciones y evite contratiempos.

Con fines de turismo, visitas a familiares y amigos; asistencia de eventos, intercambios culturales, deportivos, reuniones de negocios; cubrimientos periodísticos de medios de comunicación, tratamientos médicos, los colombianos podrán viajar a Europa por una corta estadía, máxima de tres meses.

No se le olvide alistar y llevar:

*Pasaporte válido y vigente.

*Tiquetes aéreos que confirmen el regreso al país de procedencia.

*Reserva de alojamiento válido y vigente o carta de invitación.

*Justificación del motivo de la estancia prevista.

*Comprobación de medios de subsistencias para la permanencia en los Estados Miembro del Acuerdo.

*No estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión emitidos por el Sistema de Información Schengen.

*No ser considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de cualquiera de los estados miembro.

*Certificado de cursos cortos en caso de inscripción a estudios.

De igual manera, debe tener presente que al momento de su llegada al país, le podrían exigir seguros de viaje, tiquetes de trayectos al interior de los Estados parte del Acuerdo y justificativos de domicilio en caso de que se le extienda una invitación, entre otros.

Recuerde que ningún acuerdo de exención de visa de corta estadía otorga un derecho automático de entrada y estancia, razón por la cual los Estados tienen la potestad de decidir, caso a caso, sí admiten o no en su territorio a un extranjero.

¡Lo que no está permitido hacer!

No le permite trabajar, buscar trabajo, radicarse, ni permanecer más de 90 días en un periodo de 180 días.

No le permite visitar los territorios de Reino Unido y a Irlanda sin visado.

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