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En el que es tal vez el ultimo giro de la larga guerra jurídica entre el procurador Alejandro Ordóñez y le alcalde mayor de Bogotá Gustavo Petro, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó las medidas cautelares que suspenden la sanción en contra del mandatario capitalino.

Desde que el pasado 9 de diciembre, el procurador Alejandro Ordóñez, anunciara satisfecho que el alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro era destituido de su cargo e inhabilitado para ejercer cargos públicos por 15 años, la guerra jurídica librada entre ambos personajes fue escalando el nivel de las confrontaciones. Los giros inesperados fueron una constante en los más de tres meses que duró la controversia.

El que podría ser el último de esos giros es el anuncio de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de otorgar las medidas cautelares que amparan al mandatario capitalino.

En un texto de 11 páginas, la CIDH considera que los derechos del alcalde fueron vulnerados y que la decisión del procurador va en contravía del punto 25 del reglamento de la Comisión que indica que un servidor público elegido popularmente solo puede ser separado de su cargo condena penal mediante, el cual no es el caso de Petro.

El documento resolutivo de la CIDH se basa en tres principios para considerar que las medidas cautelares proceden en este caso: La gravedad de la situación, urgencia de la situación y daño irreparable. Esos tres principios son los que hicieron que el otorgamiento de las medidas fuera expedito. En las 11 páginas del documento se indica que la solicitud de las medidas cautelares data del 28 de octubre de 2013 y se hace una relación de las intervenciones y conceptos presentados por la defensa de Petro y por los agentes estatales que representaron al país en la Comisión.

La resolución identificada con el número 374-13 fue anunciada a una hora de terminar el 18 de marzo, el mismo día en que el Consejo de Estado terminó de rechazar las tutelas que amparaban al alcalde Petro frente a la decisión de la Procuraduría. De esa manera se empalman ambas medidas cautelares.

A pesar de la posibilidad de que el Presidente Juan Manuel Santos no acate las medidas cautelares, si así se lo indicara un concepto que puede pedir en el Consejo de Estado, la medida podría hacerse efectiva mediante una tutela que garantice la defensa de los derechos amparados en la resolución de la Comisión. Con esto Santos puede librarse de la decisión de ejecutar la sanción de la Procuraduría, hecho que le habría generado la antipatía de los votantes petristas.

Además, el mismo Presidente ha insistido en el hecho de que acataría la decisión de la CIDH sin importar su sentido. Sumado a ello existe jurisprudencia de la Corte Constitucional, como las sentencias T-078/13; T-558/03; T-786/03; T-524/05. En esta última se hace manifiesta la obligatoriedad de las mismas en el ordenamiento jurídico nacional.

La resolución le indica al Gobierno Nacional suspender indefinidamente la sanción de la Procuraduría hasta que la CIDH decida de fondo sobre el caso. Podrían pasar varios años antes de que eso, durante los cuales el alcalde Petro puede continuar en su cargo.

Así las cosas, Petro seguirá en la Alcaldía de Bogotá a menos que la votación del próximo 6 de abril lo obligue a dejar su cargo por medio de un referendo que busca su revocatoria. Una decisión que implica la participación de la población bogotana, apta para votar, mucha de la cual se reúne en la Plaza de Bolívar a escuchar las alocuciones de Petro, algo que se repetirá este 19 de marzo, pero con la diferencia de que será un discurso triunfal.

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