Nuestra apuesta es por una seguridad para la paz

Para combatir a la mafia fue más importante un sacerdote que un policía, lo que en el Islam sería mejor un buen mensaje del imán que un ejército.

Leoluca Orlando

Lo primero es reconocer que los homicidios han aumentado, y que los hechos muestran que nuestra prioridad debe ser cuidar la vida ¡No matarás! debe ser nuestra obsesión.

Cuidar la vida no implica dejarnos abrazar por el miedo, debemos ser conscientes de que la situación es grave y actuar en consecuencia, desde la sensatez democrática y no desde el encantamiento autoritario. De acuerdo a las cifras estudiadas, tenemos que la tasa de homicidios en Bogotá aumentó en un 10 % de 2018 a 2021, y la de hurto también aumentó con respecto al año pasado. La pregunta que sigue es ¿Cómo debemos reaccionar? ¿Qué debemos hacer?

Para responder a los interrogantes anteriores, debemos tener en cuenta dos cosas, lo que se ha hecho y lo que a nuestro juicio, debería hacerse. Lo que se ha hecho desde la Alcaldía y el Gobierno Nacional está en consonancia con una lógica del miedo, no es integral y además, no resuelve la situación: La alcaldía militarizó Bogotá, culpó a los jueces, estigmatizó a los migrantes ante la ciudadanía y adoptó medidas xenófobas.

La medida de poner policías militares sí es militarizar Bogotá: esa fuerza pública hace parte del ejército. La medida de patrullaje conjunto entre Policía Militar y Policía Metropolitana de Bogotá fue acogida por el Ministerio de Defensa, el cual desplegó la intervención de 1.500 uniformados adicionales de la Policía Nacional y cuatro comandos situacionales liderados por cinco generales de la República.

Lo anterior tiene tres problemas: no resuelve la situación de inseguridad, posiblemente sea inconstitucional, probablemente genere violaciones de DDHH y violencias de diverso tipo y, a su vez, no es efectiva. Así lo demuestran múltiples estudios causales de diversas universidades del país y de Estados Unidos. La gestión de la seguridad ciudadana le corresponde a la Policía Nacional, y sólo excepcionalmente podrían hacerlo las Fuerzas Militares, siguiendo las condiciones y procedimientos del estado de excepción o de la asistencia militar. Pero en este caso, no se utilizó ninguno de los dos procedimientos y se hizo un juego de palabras para disfrazar lo que es militarizar, vulnerando las funciones constitucionales de las Fuerzas Militares y de la Policía, así como el derecho al debido proceso administrativo.

Por un lado, la Policía Militar es una división que hace parte del Ejército Nacional, su entrenamiento y mando le corresponde al Ejército. A pesar de que la Brigada 13 del Ejército tenga jurisdicción en Bogotá, su actuación para la realización de patrullajes y registros debe enmarcarse en la asistencia militar. La asistencia militar exige una argumentación fáctica sobre las condiciones de seguridad y debe ser ordenada por el Presidente de la República, por decisión propia o por solicitud de la Alcaldesa. A pesar de que la asistencia militar es una figura muy flexible que permite la militarización, la Alcaldía Mayor de Bogotá y el Ministerio de Defensa no se ciñeron a su procedimiento. Por el contrario, se apartaron de él y, so pretexto de la jurisdicción de la Brigada 13 del Ejército, dispusieron que unidades militares realizarían funciones de la gestión de la seguridad.

Y por el otro, la Policía y las Fuerzas Militares tienen funciones constitucionales distintas. Mientras que a las Fuerzas Militares les corresponde “la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional” (artículo 217 constitucional), a la Policía le corresponde “el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz” (artículo 218 constitucional).

En ese sentido, la gestión de la seguridad ciudadana es una función típicamente policial que, por regla general, le está vedada a las Fuerzas Militares. Sin embargo, excepcionalmente las Fuerzas Militares pueden realizar funciones de seguridad ciudadana: con la declaratoria de un estado de conmoción interior o con la asistencia militar.

Estos hechos implican vulnerar las funciones constitucionales de la Policía y de las Fuerzas Militares (artículos 217 y 218 de la Constitución) y vulnerar el derecho al debido proceso administrativo, siendo un fraude a la ley.

La estricta separación entre el ejército y la policía se considera esencial para la consolidación democrática. Los militares tienden a diferir drásticamente, incluso de las fuerzas policiales más militarizadas, en el tipo e intensidad de la formación que reciben; en sus estructuras de mando verticales más inflexibles; en los marcos legales en los que operan; y, lo que es más importante, en la expectativa de que utilizarán la fuerza letal no para “servir y proteger” a civiles, sino para “abrumar y derrotar” a los enemigos en el campo de batalla.

En un estudio realizado por Michael Weintraub (Brown University – Watson Institute for International and Public Affairs) y Robert Blair (Universidad de los Andes), con la colaboración de la Alcaldía de Cali de Maurice Armitage y el Ejército, se estudió el efecto causal de la policía militar implementada a través del Plan Fortaleza en Cali, durante 12 días de intervención en las Comunas 18 y 20.

Se encontró que la policía militar exacerbó la delincuencia en Cali tras el fin de la intervención, se observó un aumento sustancial y estadísticamente significativo de la delincuencia en las seis semanas siguientes a la finalización de la intervención (índice de criminalidad, homicidio, hurto, tráfico de armas, posesión ilegal de armas. Asimismo, se encontró poca o ninguna evidencia de que la policía militar mejorara la percepción subjetiva de la seguridad entre los residentes.

Por otro lado, los delincuentes no fueron disuadidos (o lo fueron sólo ligeramente) por la presencia de los militares durante la intervención. Se identificaron algunos efectos de desplazamiento del crimen en lugares alrededor de manzanas de tratamiento, que retornaron una vez finalizada la intervención.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, cabe preguntarse ¿La Policía Militar es una medida necesaria para controlar los homicidios y hurtos? Según el experto en seguridad ciudadana, Alberto Sánchez, no es la herramienta adecuada para reducir de manera sostenida el delito, por el contrario, es una herramienta de disuasión, para contener la violencia homicida temporalmente. Por su parte, para Jerónimo Castillo, los patrullajes de militares en las ciudades están contemplados legalmente para problemas de orden público, como ocurrió en mayo pasado y en el 2019, sin embargo, hoy Bogotá está viviendo una situación diferente caracterizada por el incremento de homicidios y el hurto a personas.

Entonces ¿qué medidas se deben tomar? La seguridad mejora con la transformación cultural y social, debemos asumir a los Policías como agentes culturales. No más miedo, más solidaridad y confianza. No respondamos al miedo con medidas inconstitucionales.

Desde el año pasado, Bogotá cuenta con una Comisión Asesora de Política Criminal y Tratamiento Carcelario (creada en el artículo 140 del Plan Distrital de Desarrollo) y de un Consejo Distrital de Paz, Reconciliación y Transformación de Conflictos (Acuerdo 809 de 2021). Ambos órganos tienen incidencia en la política de seguridad y en ambos participan múltiples miembros del gabinete distrital e, incluso, la misma Alcaldesa Mayor.

La Comisión Asesora de Política Criminal ha realizado múltiples eventos, con expertos, academia y ciudadanía, sobre cuál debe ser la persecución del crimen en Bogotá. En todos estos, se ha señalado que la política criminal es multicausal y no debe basarse en medidas punitivas ni represivas, ni recaer en la Fuerza Pública.

El Consejo Distrital de Paz es el órgano asesor y consultivo del gobierno distrital en materia de paz y la política de paz integra la seguridad y los derechos humanos.

En ese sentido, la Alcaldía Mayor de Bogotá cuenta con instituciones y mecanismos para formular estrategias de seguridad que sean propias de un Estado social y democrático de Derecho. Estos mecanismos permiten la participación ciudadana y de expertos y académicos.

@cancinodiegoa

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