Gobierno sufre otro revés en la justicia: uso del glifosato seguirá suspendido

El Tribunal Administrativo de Nariño notificó la sentencia de segunda instancia donde ratifica el fallo a favor emitido por un Juzgado de Pasto que declaró la violación de los derechos fundamentales al debido proceso, consulta previa, participación y acceso a la información, por parte de la Policía Nacional y la ANLA, quienes quisieron imponer una audiencia pública virtual sin considerar las restricciones y limitaciones a los derechos tutelados, en particular de las comunidades que habitan los territorios rurales de los 104 municipios que se verían afectados con esta decisión.

Pese a que la ANLA, Policía Nacional, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, la Asociación Colombiana de Minería y la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia –ANDI-, habían presentado al Tribunal argumentos de inconformidad contra el fallo de primera instancia, este mantuvo la decisión tomada y adoptó nuevos avances significativos respecto al primer fallo.

En primer lugar, confirmó la obligación de realizar consultas previas para las comunidades indígenas, afro y grupos étnicos. Este derecho ya había sido tutelado, pero no había quedado suficientemente desarrollado. El Gobierno a través de la Resolución 001 del 10 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior, había negado la consulta previa a las comunidades étnicas señalando que sus territorios estaban “excluidos” del “área de influencia” a asperjar. Según lo sostiene esta resolución, es la Policía a quien le corresponde determinar los impactos que tendrá el retorno de las aspersiones, “además de las medidas de mitigación, compensación y reparación que los impactos demandan, y es Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, la autoridad administrativa llamada a evaluarlos.”

Es de mencionar que organizaciones como la Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca – ACONC- , el Consejo Mayor Comunitario Del Río Anchicayá, la Comisión Nacional de Territorios Indígenas, el Consejo Regional Indígena del Cauca (Cric) y la Asociación de Cabildos Indígenas del Municipio De Villagarzón (Putumayo) –Acimvip-, también impugnaron parcialmente el fallo reclamando que por tratarse de la decisión sobre rociar una sustancia tóxica y peligrosa en sus territorios, no sólo se debía hacer una consulta, sino que debía garantizarse el derecho al consentimiento previo, libre e informado.

El Tribunal resolvió validar la obligación de hacer las consultas previas y ordenó asimismo vincular como entidades responsables, además de la ANLA y la Policía, al Ministerio del Interior- Dirección de Consulta Previa; el Ministerio de Salud y Protección Social; el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Consejo Nacional de Estupefacientes – CNE. Lo anterior abre el camino, para que las aspersiones áreas dejen de ser vistas únicamente como un asunto de orden público y se alerte sobre las consecuencias sociales del retorno de ese programa a los territorios.

Adicional, el fallo requiere a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo, quienes deberán velar e interceder por los derechos de los accionantes dentro del trámite ante la ANLA y se ordena mantener suspendido el proceso hasta tanto se brinden garantías reales y efectivas de participación.

“Celebramos la decisión del Tribunal, pero seguimos advirtiendo que las audiencias públicas, dentro del procedimiento que lleva la ANLA, por sí mismas no garantizan las condiciones de participación reforzada, diálogo genuino deliberativo y en doble vía, rigor, calidad e imparcialidad y observancia de la política pública del punto cuatro de los Acuerdos de Paz, condiciones que según las decisiones emitidas por parte de la Corte Constitucional deben cumplirse dentro procedimiento que decida acerca de la perversa intención del Gobierno de reanudar las aspersiones con Glifosato”, señalaron las organizaciones que presentaron la tutela inicial.

Es de recordar que tres años atrás, la Corte Constitucional había reprochado en la sentencia T-236 de 2017 que la forma de aprobar el permiso ambiental de una actividad de alta peligrosidad como la aspersión con Glifosato, no seguía una estructura razonable que asegurará la imparcialidad en la toma de la decisión. Esto por cuanto, si bien las medidas para el control del riesgo eran aprobadas por la ANLA, estas eran diseñadas y ejecutadas por el mismo Gobierno Nacional, a través del Consejo Nacional de Estupefacientes. Por ello la Corte ordenó reforzar la participación y no hacer meras actividades socialización.

“Hemos venido insistiendo que conforme la regulación normativa, la audiencia pública ambiental no es una instancia de debate ni de discusión, el mismo Auto de la ANLA califica estas audiencias como mecanismos de socialización, cuya finalidad se limita a informar sobre los pormenores de la actividad que se quiere realizar. De este modo, la sola celebración de esta audiencia es insuficiente para cumplir con los requisitos exigidos por la Corte Constitucional”, precisan las organizaciones.

Asimismo, puntualizan que el Gobierno Nacional está en la obligación de ofrecer y concertar verdaderos y adicionales espacios de participación reforzada en cada uno de los territorios en los que se pretende imponer esta peligrosa y dañina actividad, más aún cuando se tiene que los estudios ambientales que se van a “socializar” en la audiencia y que están bajo evaluación de la ANLA fueron construidos sin la participación e información previa de las comunidades que se verían afectadas.

“Las personas, organizaciones sociales, indígenas, campesinas y afrodescendientes a quienes se tutelaron nuestros derechos, seguiremos rechazando la arbitraria pretensión del Gobierno de imponer una dañina práctica que atenta contra la vida, el ambiente y la salud, y a su vez persista en la fracasada e ineficaz política antidrogas en Colombia que aumenta la violencia en nuestros territorios, incumple los acuerdos de Paz y desconcentra los esfuerzos en la desarticulación de la cadena valor y las estructuras criminales y corruptas dedicadas al narcotráfico, incluyendo el lavado de activos”, insisten.

Este es el listado de organizaciones que ganaron la tutela:

  1. Liliam Eugenia Gómez Álvarez PhD y Postdoctora en Eco-Etología, Investigadora asociada GSM-Insectario de U.N. Presidente Consejo de Plaguicidas
  2. Rodrigo Negrete Montes, abogado ambientalista
  3. Ernesto Mosquera Borrero -Personero del Municipio de Novita, Chocó
  4. Acueducto Comunitario Vereda La Chapa de la Asociación de Acueductos Comunitarios -ASOACTASCO
  5. Ambiente y Sociedad
  6. Asociación Campesina del Sur de Córdoba –ASCUSOR
  7. Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra – ACVC
  8. Asociación Campesina Inzá-Tierradentro – ACIT Representante Legal
  9. Asociación Campesina para el Desarrollo del Alto Sinú – ASODECAS
  10. Asociación Comunitaria Fortaleza de la Montaña, Guasca
  11. Asociación de Cabildos Indígenas del Municipio de Villagarzón, Putumayo –ACIMVIP
  12. Asociación de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales del Nudo de los Pastos – SHAQUIÑAN
  13. Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca –ACONC
  14. Asociación de Desarrollo Integral Sostenible ADISPA, organización representativa de la Zona de Reserva Campesina Perla Amazónica –
  15. Asociación de Productores Agropecuarios de la Zona Alta del municipio de San Pablo, Bolívar
  16. Asociación MINGA
  17. Asociación Nacional Campesina José Antonia Galán Zorro – ASONALCA
  18. Asociación Nacional Campesina -Coordinador Nacional Agrario –CNA
  19. Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina -ANZORC
  20. Asociación No a las Represas en el Territorio – ASONARET de Oporapa, Huila
  21. Centro de Investigación y Educación Popular – CINEP
  22. Ciudad en Movimiento – Popayán
  23. Colectiva Agraria Abya Yala – CAAY
  24. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo –CAJAR
  25. Colectivo de Estudios Sociales Guadalupe Salcedo – Facultad de Investigaciones de la ESAP
  26. Colectivo Fusunga
  27. Colectivo Jóvenes por la Defensa del Territorio -JODETE, Suroeste de Antioquia
  28. Colectivo Jurídico Popular
  29. Colectivo Regional de Apoyo a la Vía Campesina
  30. Colectivo Socio Ambiental Juvenil de Cajamarca – COSAJUCA
  31. Colectivo Tierra Libre en Defensa del Territorio de Pitalito, Huila
  32. Comisión Nacional de Territorios Indígenas – CNTI
  33. Comité Ambiental en Defensa de la Vida y Red de Comités Ambientales del Tolima
  34. Comité Ambiental Resguardo Inda Sabaleta –Llorente, Nariño
  35. Comité Ejecutivo del Paro Cívico de Buenaventura – Vocero
  36. Comité para la Protección del Agua y Páramos de Norte de Santander
  37. Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos-CPDH
  38. Comité por la Defensa del Agua del municipio de Tauramena, Casanare
  39. Comité por la Defensa del Agua, la Vida y el Territorio del Cauca
  40. Consejo Mayor Comunitario del río Anchicayá
  41. Consejo Regional Indígena del Cauca –CRIC
  42. Coordinadora Departamental de Organizaciones Sociales, Ambientales y Campesinas del Caquetá – COORDOSAC
  43. Coordinadora Nacional de Cultivadores de Coca, Amapola y Marihuana- COCCAM
  44. Corporación Colectivo CreAcción
  45. Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez
  46. Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda
  47. Corporación Compromiso
  48. Corporación CORMEPAZ
  49. Corporación Defensora del Agua, Territorio y Ecosistemas -CORDATEC
  50. Corporación LA CEIBA
  51. Corporación Manaba
  52. Corporación para la Protección y Desarrollo de Territorios Rurales
  53. Corporación Regional Yariguíes – Grupo de Estudios Sociales, Extractivos y Ambientales del Magdalena Medio (CRY-GEAM)
  54. Corporación Servicio de Defensa a la Niñez – SEDEN
  55. Escuela Jurídica Popular – ESPORA
  56. Foro Social Pan Amazónico – FOSPA –
  57. Fundación Ambiental Grupos Ecológicos de Risaralda –FUNDAGER
  58. Fundación Colectivo Somos Uno
  59. Fundación de Espacios de Convivencia y Desarrollo Social FUNDESCODES, Buenaventura, Valle del Cauca Asociación Municipal de Usuarios Campesinos de Colombia-ANUC-POPAYÁN
  60. Fundación Ecológica Bacatá
  61. Fundación por la Defensa de los DDHH y el DIH del oriente y centro Colombiano – DHOC
  62. Fundación WAKI
  63. Huerta Las Hadas, Colectiva Las Abejas
  64. Humanidad Vigente Corporación Jurídica
  65. JAC El Pañuelito, Usaquén
  66. Jóvenes Reciclando Paz – Cerro Norte
  67. La Casa de los Colores, La Calera
  68. Marcha Carnaval Quindío – Escuela de Pensamiento Círculo de Fuego y Unidad
  69. Mesa Departamental Para la Defensa del Agua y el Territorio del Caquetá
  70. Mesa Hídrica de Vistahermosa, Meta
  71. Mesa Técnica de Trabajo Altos de la Estancia –METTRAES
  72. Movimiento Ambiental del Guavio
  73. Movimiento Nacional Ambiental
  74. Movimiento Ríos Vivos
  75. Movimiento Social y Político Marcha Patriótica
  76. Organización Regional Indígena de Casanare –ORIC
  77. Organización Social Ambiental y Sindical –SINTRAPETROPUTUMAYO
  78. Plataforma Ambiental Juventudes Unidas por la sostenibilidad del planeta
  79. Proceso Campesino y Popular de La Vega – PCPV
  80. Proceso de Unidad Popular del Suroccidente Colombiano – PUPSOC Cauca
  81. Programa SOMOS DEFENSORES
  82. Proyecto Escuela Comunidad
  83. Red Nacional del Agua Colombia
  84. Red por la defensa del agua, la vida y el territorio de Inzá, Cauca
  85. Representante de la Asociación Campesina del Catatumbo –ASCAMCAT
  86. Sociedad Internacional de Biodiversidad del Escudo Guayanes -Capítulo Colombia
  87. Unión Sindical Obrera de la industria del petróleo – USO Subidrectiva Tauramena
  88. Vamos por los Derechos

 

 

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