El presidente Gustavo Petro sancionó la Ley que permitirá que las madres cabeza de familia que se encuentran en prisión por delitos menores, paguen su condena con trabajo comunitario.
La iniciativa del entonces senador y candidato a la Alcaldía de Bogotá, Rodrigo Lara, había sido enviada ante la Corte Constitucional por el expresidente, Iván Duque, sin embargo, el ente no la consideró inconstitucional y fue nuevamente aprobada por ambas cámaras del Congreso.
Las penas alternativas que ahora se aplicarán consistirán en cumplir su condena mediante la prestación de servicios de utilidad pública que estas mujeres prestarán, extramuros. Se trata de un enfoque de la pena restaurativo que permitirá cumplir el fin resocializador de la pena.
Los requisitos para acceder a dicho beneficio son:
- Ser mujer madre cabeza de familia.
- No tener antecedentes penales dentro de los cinco años anteriores al delito.
- Ser condenadas a penas menores a los 6 años.
- No haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana ni la seguridad de su hijo.
- Debe demostrar que las condiciones de comisión del delito estén asociadas a condiciones de marginalidad que afecten la manutención del hogar.
Según cifras del INPEC, en 33 años la población femenina en las cárceles del país creció más del 400%, al pasar de 1.500 reclusas en 1991 a 6.954 en la actualidad. Ante la alerta sobre el vertiginoso aumento de las mujeres en el sistema penal colombiano, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), la Universidad Javeriana y el Centro de investigación y Docencia Económicas de México, adelantaron un estudio que concluyó que, del total de las mujeres condenadas en el país, el 75% de ellas eran madres de cabeza y el 53,4% habían sido condenadas por delitos menores en los que habían incurrido por sus condiciones de pobreza y vulnerabilidad.