Este martes, la Acolfutpro (Asociación Colombiana de Futbolistas) informó que el juez primero laboral del circuito de Bogotá negó de nuevo una tutela que Boyacá Chicó interpuso contra el sindicato de los futbolistas colombianos.
La acción de tutela había sido negada en primera instancia por el juez tercero municipal de pequeñas causas el pasado 26 de marzo, lo que motivó la impugnación. La tutela alegaba una supuesta violación del derecho fundamental al buen nombre.
Según Boyacá Chicó, Acolfutpro mintió al denunciar que el club “incluye a sus jugadores en lista negras, dando a entender que los contratos celebrados se encuentran en la época de la esclavitud por el solo hecho de no permitir la terminación de un contrato de trabajo de un jugador, al cual se le ha cancelado todas las obligaciones inherentes la cual se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2022″.
El hecho se refiere a una denuncia hecha por Acolfutpro para defender al jugador Nelino Tapia. Según Acolfutpro, Boyacá Chicó incluyó a Nelino Tapia en la lista de jugadores inscritos de mala fe y sin contrato vigente “para impedir que sea contratado por otros clubes, afectando su derecho al trabajo”.
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Por esta razón no prosperó la tutela que el @BCHICOFCOFICIAL interpuso contra ACOLFUTPRO por la supuesta vulneración de su derecho al buen nombreTodo, aquí ??https://t.co/ypL9r51YLC pic.twitter.com/I9mLZAtVyy
— ACOLFUTPRO (@acolfutpro) May 11, 2021
Fallo completo
Impugnación de Tutela 2 Instancia 2021 0168 Confirma Impugnacion Declara Improcedente by Confidencial Colombia on Scribd
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