El abc del proyecto de reforma tributaria de iniciativa legislativa

Un grupo de 28 Senadores y 14 Representantes de los partidos Alianza Verde, Liberal, La U, Polo Democrático Alternativo, MAIS, Decentes, FARC, Colombia Humana, y Cambio Radical, radicaron un proyecto de reforma tributaria al amparo del artículo 215 de la Constitución Nacional, que le permite al Congreso modificar los Decretos Legislativos expedidos por el Gobierno nacional en el marco de la Emergencia Económica.

Los autores de la iniciativa argumentan que con el proyecto de ley busca recaudar parte de los recursos necesarios para hacer frente a las consecuencias económicas derivadas de la pandemia del Covid-19 en Colombia y, en particular, financiar la propuesta de la Renta Básica de Emergencia, gravando al 1 % más rico de las personas y empresas declarantes de renta.

“En medio de esta crisis económica no podemos esperar proyectos de reformas de parte del Gobierno, porque sabemos que el pueblo colombiano requiere medidas urgentes, como lo son una reforma tributaria, que no puede ser distinta a alguna que sea progresiva y que permita que paguen impuestos los más poderosos. Esta reforma tributaria demuestra que es posible que los ricos, lo más ricos, paguen más y que no confunda los conceptos de renta básica”, afirmó el senador Roy Barreras.

El proyecto tiene cinco componentes principales:

  1. Patrimonio:

Para empresas:

  • Se crea un impuesto al patrimonio permanente con tarifas progresivas para personas jurídicas con patrimonios superiores a $43.000 millones de pesos. Esto equivale a menos de las 400 empresas más ricas del país. Las tarifas marginales empiezan en el 4% y aumentan de manera gradual hasta llegar al 6% para las empresas con patrimonios mayores a 10 billones de pesos.

Para personas:

  • Se modifica el impuesto al patrimonio para personas naturales con el fin de volverlo más progresivo. Este se empezará a cobrar desde patrimonios líquidos superiores a $3.000 millones de pesos, equivalentes a menos del 0,1% de los patrimonios brutos de las personas naturales declarantes de renta. Las tarifas marginales empiezan en el 1% y llegan al 4% para los patrimonios superiores a $100 mil millones de pesos.
  1. Dividendos:

Para personas:

  • Se modifica el impuesto a los dividendos para personas naturales existente, con el fin de aumentar la tarifa para los ingresos por dividendos anuales mayores a 25 millones de pesos y crear nuevas tarifas marginales. Así, a partir de 21,4 millones de pesos la tarifa marginal será del 12%, a partir de 35,6 millones del 18% y partir de 53 millones del 20%.

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  1. Renta:

Para empresas:

  • Se establece una tarifa diferenciada según el tamaño de la empresa. Así, la tarifa para microempresas será del 15%, para las pequeñas del 20%, para las medianas del 22% y para las grandes empresas del 32% (igual que actualmente). De esta manera, el 99,5% de las empresas formales se verían beneficiadas de una disminución en su impuesto de renta.
  • Se aumenta en dos puntos la sobretasa a las instituciones financieras, para llegar a una sobretasa del 5%, durante los años 2020 a 2022. Además, se incrementan las instituciones financieras que serían gravadas, pasando de las que tienen renta gravable superior a 4.000 mil millones de pesos, a 2.000 mil millones de pesos.

Para personas:

  • Se incrementan las tarifas marginales a partir de ingresos mensuales superiores a 56 millones de pesos, empezando en 39% hasta llegar al 55% para personas con ingresos mensuales superiores a 267 millones de peso.

Herencias:

  • Se modifica el impuesto a las herencias, que actualmente es del 10%, con el fin de gravar únicamente las herencias superiores a 4000 millones de pesos, con tarifas marginales entre el 10% y el 33%. Esta última para herencias superiores a $100.000 millones de pesos.

Beneficios tributarios:

  • Se fijan topes de entre el 20% y el 50% al porcentaje de beneficios que se pueden deducir o descontar del impuesto de renta y se eliminan los beneficios tributarios aprobado en la Ley de Crecimiento del 2019 (deducción del IVA a la adquisición de bienes de capital y descuento sobre el impuesto de renta del impuesto del ICA y de los movimientos financieros para personas jurídicas).

Con estas medidas, se espera recaudar entre 14 y 21 billones de pesos el próximo año.

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