Epa Colombia no tendrá beneficio de casa por cárcel

Durante la lectura de la sentencia proferida a Daneidy Barrera Rojas (EPA Colombia) por los delitos de perturbación al servicio de transporte público, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dejó claro que la influencer deberá cumplir su pena sin derecho a prisión domiciliaria.

El caso por el que fue condenada tiene que ver con los daños a una estación de Transmilenio en Bogotá en medio del estallido social durante el gobierno de Iván Duque. En medio de las manifestaciones, la influencer se grabó mientras vandalizaba las instalaciones de la estación.

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El magistrado Fernando Bolaños, encargado de leer la sentencia explicó: “el derecho a la libertad de expresión conlleva varias posibilidades de ejercicio, entre ellos, la protesta o manifestación pública, la cual, en esencia, es disruptiva de la cotidianidad, procura llamar la atención de la ciudadanía y los entes estatales, para que respondan al inconformismo de los manifestantes”.

El abogado de Epa Colombia, Omar Ocampo, anunció que estudiará alguna acción legal para que a Barreras Rojas le sea concedido algún beneficio al ser madre cabeza de familia de una menor de 9 meses.

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