Foto: Radio Nacional
El Tribunal Superior del distrito judicial de Villavicencio, Meta, acogió las peticiones de la tutela interpuesta por la Procuraduría General de la Nación, y ordenó a las entidades nacional, departamental y municipal, reubicar en lugares dignos, garantizando los servicios básicos a 27 comunidades indígenas que habitan en zonas subnormales del municipio de Puerto Carreño.
La decisión judicial amparó los derechos fundamentales a la vida digna, al territorio, a la alimentación (soberanía alimentaria), pluriculturalidad, derecho de petición, vivienda digna, autorreconocimiento y supervivencia de los pueblos indígenas y el derecho de acceso al agua, y ordena a las entidades responsables (Alcaldía de Puerto Carreño, Gobernación del Vichada, Agencia Nacional de Tierras, Ministerio de Agricultura y Ministerio del Interior), articularse para llevar a cabo el proceso de reubicación de estas comunidades en un término de seis meses.
El fallo del Tribunal también ordenó, en un término menor a 30 días, vincular a los miembros de estas comunidades en el Registro Único de Víctimas para acceder a los programas de atención del Estado, realizando un censo general, brigadas de salud y garantizar las condiciones mínimas de acceso al servicio de agua potable.