El 27 de abril de 2022 la jueza 28 de conocimiento Carmen Helena Ortiz Rassa dio lectura al fallo, rechazando la petición presentada el 6 de abril por el fiscal Gabriel Jaimes de precluir y archivar el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. La lectura duró 12 horas. El Fiscal no apeló el fallo y la decisión de la jueza quedó en firme.
Recordemos parte de la historia. La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación contra el entonces senador y expresidente Uribe en julio 2018 por soborno a testigos y fraude procesal. En octubre de 2019, rindió indagatoria Uribe. El 4 agosto de 2020, se le impuso detención domiciliaria. El 18 de agosto de 2020 Uribe renunció a su curul de senador y pidió que su caso pasara a la Fiscalía General de la Nación.
La renuncia del expresidente Uribe para eludir la competencia de la Corte Suprema fue un abuso del derecho, que viola el deber de toda persona de colaborar con la justicia. La cesación del cargo consagrada en el artículo 235 de la Constitución Nacional no incluye ese tipo de renuncias, sino que hace referencia a razones objetivas y justificadas, como una enfermedad o el fin del periodo.
En lo concreto, la defensa de Uribe pretendía que la investigación comenzara de nuevo. Las cortes decidieron que la jugada no iba. El 10 de noviembre de 2021, la Corte Constitucional negó la tutela de Álvaro Uribe donde argumentó que por su renuncia a la curul de senador hubo un cambio de sistema procesal. Precisó que la investigación mantiene su validez en todo lo actuado por la Corte Suprema de Justicia porque hay una equivalencia funcional entre la indagatoria y la imputación, con lo cual corroboró la postura de la jueza 28 en la decisión previa que provocó la tutela.
Fue así que el proceso siguió su curso en la instancia que decidió acogerse, de manos de una jueza de carrera que no estaba ni está involucrada en el enfrentamiento político con el expresidente, y donde su argumento de ser un perseguido político no tiene credibilidad.
El fiscal Gabriel Jaimes argumentó en su solicitud de preclusión tres causales para cerrar el caso contra Uribe: que las pruebas recaudadas por el Fiscal y por la Corte Suprema de Justicia no permitían concluir que Uribe fuera responsable de delitos; que si hubo delitos en los hechos que se investigaban, no había prueba de que Uribe los hubiera cometido; y, en caso de que se considerara que eso no procedía, se cerrara el caso porque probatoriamente habían imposibilidad de desvirtuar que Uribe era inocente.
La jueza Ortiz desestimó todas sus argumentaciones, al considerar que ninguna causal de las que había usado el fiscal procedía. Afirmó que en todos los hechos sí había indicios de que el expresidente Uribe había cometido delitos que debían resolverse en juicio, y cuestionó severamente la actividad investigativa del fiscal Gabriel Jaimes. Sin que fuera su objetivo, el análisis preciso y juicioso de la jueza da nuevos elementos a quienes afirmamos la falta de independencia del fiscal Francisco Barbosa, pupilo político de presidente Iván Duque, quien defendió públicamente la inocencia del expresidente Uribe irrespetando el principio de independencia de las ramas del poder público.
Durante la rueda de prensa el 28 de abril, el senador Iván Cepeda del Pacto Histórico, acompañado de su abogado Reinaldo Villalba Vargas del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, CAJAR, dijo que la Fiscalía no tiene otra alternativa que llamar a juicio lo más pronto posible a Álvaro Uribe. Resaltó la trascendencia de la decisión, “que no tiene precedentes en Colombia. Por primera vez, un jefe de Estado va a tener que comparecer ante un juez para asumir su responsabilidad penal frente a hechos muy graves”. Añadió Cepeda que “éste proceso ha sido una lección democrática en el país”.
El ex vicefiscal Jorge Perdomo destacó que la decisión de la jueza 28 es sesuda, razonada y responde a los interrogantes que muchos tenían durante las jornadas maratónicas judiciales de los últimos meses. Agregó que Carmen Helena Ortiz, dio respuesta de los argumentos esgrimidos por los representantes de las víctimas y les dio la razón.
Por su parte, el abogado Miguel Ángel del Río -defensor de Deyenira Gómez, expareja del testigo Juan Guillermo Monsalve-, tildó de “bochornoso” el papel de la Fiscalía en el caso. Advirtió que no hay garantías de la fiscalía de Francisco Barbosa para llevar a juicio al expresidente y serán los jueces los que garanticen el debido proceso de todas las partes.
Hay un elemento no judicial que se debe resaltar. Este caso empezó con acusaciones infundadas de Uribe que buscaban dañar la carrera política del senador Cepeda, pero ha resultado ser todo un boomerang. En medio del periodo electoral actual en que estamos, el expresidente Uribe ha reconocido que el proceso legal por soborno y fraude procesal que él mismo se ganó ha expropiado su reputación, por lo que no suma en el actual proceso electoral. Además, el pésimo gobierno de Iván Duque, lo borró de la agenda mediática. Ahora el proceso en su contra se revivió con el anuncio de la jueza que Uribe debe ir a juicio, a menos de un mes de las elecciones.
La decisión de la jueza Carmen Helena Ortiz envía un mensaje claro y contundente a todos los aforados, en especial a los integrantes del Centro Democrático: lo actuado en la Corte Suprema de Justicia tiene plena validez y el uso de leguleyadas para llevar su caso a instancias judiciales más favorables no funciona. El principio de pesos y contrapesos o equilibrio de poderes clave en una democracia, mostró su fuerza y legitimidad en el fallo de la jueza contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Un buen gesto para la democracia y el Estado de derecho sería que la Corte Suprema de Justicia modifique su jurisprudencia sobre el aforo de los congresistas, según la cual si el investigado y juzgado por la Corte renuncia a su cargo y el delito por el cual es investigado no está relacionado con las funciones propias del cargo de congresista, el asunto debería ir a la Fiscalía. El caso del expresidente Uribe muestra que es equivocada la anterior jurisprudencia del Alto Tribunal que ha contribuido a la jugada que Uribe intentó.
Adenda: Aplaudo la decisión del el Consejo de Estado del 28 de abril que le ordenó al presidente Iván Duque suspender el trámite de la extradición de Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, máximo jefe del Clan del Golfo, hasta que se estudie de fondo una tutela presentada por un grupo de víctimas. Bien hecho.