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En primer semestre recaudo de impuestos creció 4.7% y llegó a $74,1 billones
El recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN para el período enero – junio de 2017 alcanzó la cifra de $74,1 billones, valor que representa una variación nominal de 4.7%, respecto al mismo período de 2016, en el que se logró recaudar la suma de $70,7 billones.
Esta variación se explica principalmente por el comportamiento del recaudo del Impuesto de Renta y Complementarios que presentó un crecimiento nominal del 37.5% pasando de $9,1 billones en 2016 a $12,5 billones en 2017, mostrando una contribución a la variación de 4.8%. Parte de este crecimiento se justifica por la liquidación y pago del anticipo de la sobretasa al impuesto sobre la renta y complementarios, creada por el parágrafo transitorio 2 del artículo 100 de la Ley 1819 de 2016, y que corresponde al 6% de la renta líquida gravable (descontando de la base los primeros $800 millones), que reemplazó la anterior sobretasa del CREE.
Otro de los impuestos que contribuyó a la variación del recaudo es el Impuesto al Valor Agregado ?IVA- que presentó un incremento de 20.4%, pasando de $13,2 billones en 2016 a $15,9 billones en 2017, contribuyendo con el 3.8% a la variación del recaudo del primer semestre, es decir, que de los 4.7 puntos porcentuales en los que aumentó el recaudo a junio de 2017 en relación con el mismo período de 2016, el IVA explica 3.8 puntos porcentuales.
La alta contribución del recaudo de IVA al desempeño del recaudo del primer semestre del año es explicada fundamentalmente por tres (3) factores: 1) el incremento de la tarifa general del IVA que pasó de 16% a 19%; 2) los resultados de la gestión de control de declaración y cobro del impuesto que viene desplegando la DIAN desde comienzos del año y 3) los efectos inducidos por la tipificación del no cobro del IVA como delito penal a partir de la Ley 1819 de 2016.
Por retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre, se recaudaron $23,9 billones representando un incremento de 5.6% respecto al mismo período de 2016 en el que se alcanzó un recaudo de $22,7 billones.
En el primer semestre del año, en el mes de mayo, debía pagarse la primera cuota del Impuesto a la Riqueza y Complementario de Normalización Tributaria, equivalente al 50% del impuesto. Fueron 95.032 contribuyentes personas jurídicas y naturales, quienes presentaron declaración del Impuesto a la Riqueza y cuyos pagos ascendieron a $2.0 billones pese a que la tarifa de este impuesto en 2017 bajó sustancialmente para las personas jurídicas, pasando de una tarifa promedio de 0.86% en 2016 a 0.42% en 2017.
En lo que respecta al Impuesto de Normalización Tributaria, 8.101 contribuyentes normalizaron activos omitidos y pasivos inexistentes por valor de $11.3 billones y liquidaron un impuesto cercano a los $1.5 billones.
De manera agregada, el recaudo bruto de los tributos asociados a la actividad económica interna alcanzó la cifra de $63,9 billones mostrando una variación nominal de 4.4% frente al mismo período de 2016 que fue de $61,2 billones. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior (arancel e IVA), se incrementaron en 7.1%, recaudándose $10,2 billones frente a $9,5 billones en 2016.
Durante el mes de junio el recaudo bruto de los impuestos administrados por la DIAN fue de $13,4 billones, de los cuales el impuesto de renta y complementarios aportó el 38% del recaudo del mes con $5,1 billones y por retención en la fuente a título de renta, IVA y timbre ingresaron $3,8 billones.
El recaudo de los tributos que corresponden a la actividad económica interna fue de $11,4 billones y los restantes $1,9 están asociados al recaudo de tributos externos en las operaciones de comercio exterior.
Durante el primer semestre de 2017, en desarrollo del Plan de Cobro y del Plan de Choque Contra la Evasión y el Contrabando, la DIAN efectuó 2.817.507 acciones que hasta el 31 de mayo arroja un recaudo de $ 3.1 billones.
Dichas acciones incluyeron cerca de 1.6 millones de correos electrónicos requiriendo a contribuyentes omisos, inexactos, con arrastres indebidos en sus declaraciones; recordando la presentación y pago de sus diferentes declaraciones tributarias; aproximadamente 682 mil llamadas desde el Centro Nacional de Cobro; 390 mil mensajes de textos a celulares; 72.350 citaciones atendidas en las oficinas de cobranzas de las Direcciones Seccionales;36.768 visitas a morosos, 23.503 títulos de depósito judicial gestionados; la práctica de 18.164 embargos de sumas de dinero en cuentas corrientes y de ahorros; 6 mil cartas físicas a quienes no tienen correo electrónico registrado en el RUT; 1.784 visitas de fiscalización y 648 diligencias de remate de bienes.
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Gobierno expide decreto reglamentario del Monotributo de la tributaria
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, anunció en las últimas horas que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 738 de 2017 el cual reglamenta el Monotributo creado en la pasada Reforma Tributaria, con el fin de promover la formalización y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria por parte de pequeños comerciantes.
El Jefe de la cartera de Hacienda, reiteró que el Monotributo es un tributo alternativo al impuesto sobre la renta, al cual los contribuyentes podrán acogerse voluntariamente.
“Monotributo no es un nuevo impuesto. Es una alternativa simplificada para cumplir con las obligaciones tributarias que permite a los pequeños comerciantes entrar a la formalidad y fortalecer sus negocios”, explicó el funcionario.
“Este impuesto está dirigido a las personas naturales que se dediquen al comercio al por menor o a la actividad de peluquería, que tengan ingresos brutos anuales entre $44.602.600 y $111.506.500 y que desarrollen su negocio en un establecimiento con área inferior o igual a 50 mts2”, añadió.
De acuerdo con el ministro de Hacienda, en la reglamentación expedida existen dos tipos Monotributo: Beps (Beneficios Económicos Periódicos) y Riesgos Laborales.
“Podrán ser contribuyentes del Monotributo Beps, quienes tengan ingresos mensuales inferiores a un salario mínimo y podrán optar por el Monotributo Riesgos Laborales quienes hayan cotizado a salud y pensión al menos durante 8 periodos en el año anterior”, aseveró Cárdenas.
Agregó: “el valor mensual del impuesto oscila entre $43.000 y $85.000, dependiendo de los ingresos del contribuyente. El valor anual del impuesto se podrá pagar en el número de cuotas y en los montos que determine el contribuyente hasta el 31 de enero de cada año, fecha en la cual deberá presentar una declaración simplificada”.
El titular de la cartera de Hacienda expresó que las personas naturales interesadas en acogerse al Monotributo deberán inscribirse ante la Dian diligenciando el RUT, previa inscripción a Riesgos Laborales o a Beps, según corresponda. El plazo de inscripción vence el 31 de mayo de 2017.
“El Monotributo es una gran apuesta del Gobierno Nacional para impulsar la formalidad, simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los comerciantes al por menor”, indicó el Ministro de Hacienda.
Por su parte el Director de la Dian, Santiago Rojas explicó que los comerciantes interesados en otras ciudades del país, podrán inscribirse al Monotributo en los 62 puntos de contacto, que la entidad dispone en 49 ciudades en el territorio nacional.
«La Dian a través de sus canales de servicio, y en sus puntos de contacto ofrecerá a los pequeños comerciantes la información requerida sobre plazos y beneficios del Monotributo.», señaló Rojas.
El Ministro Cárdenas también subrayó que el Monotributo tiene beneficios directos en seguridad social para el contribuyente que mejorarán su bienestar y el de su familia.
“Para quienes se acojan al Monotributo Beps, una parte de la tarifa del impuesto se destinará a su cuenta en el programa social de Beps y tendrán acceso a un seguro de vida, a un amparo exequial y a coberturas por enfermedad grave o desmembramiento. Para quienes se acojan al Monotributo Riesgos Laborales, una parte del impuesto cubrirá su cotización en Riesgos Laborales”, exaltó.
El presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera aseguró que el Monotributo “permitirá llegar al segundo sector más informal de la economía como es el comercio, donde el 74.3 % de los trabajadores no tienen acceso a mecanismos de protección para la vejez”, indicó.
Adicionalmente, manifestó: “este primer año del Monotributo será una prueba piloto y la meta de inscripción es de 2.000 pequeños comerciantes”.
El jefe de la cartera de Hacienda indicó que otro beneficio de los contribuyentes del Monotributo es la eliminación de exención en la retención en la fuente por el uso de medios de pagos electrónicos, como datáfonos.
“No se les practicará retención en la fuente por concepto de ventas de bienes o servicios realizadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanismos de pago electrónico. Igualmente, podrán afiliarse a las Cajas de Compensación bajo la modalidad de trabajador independiente sin realizar el pago al sistema general de salud”.
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