Rectificación a medias

Bordeando el mediodía, el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, anunció en una rueda de prensa que acataba el fallo de la Corte Constitucional dando las instrucciones pertinentes para que se cambie la información emitida por el Ministerio Público sobre salud sexual y reproductiva.

Bordeando el mediodía, el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, anunció en una rueda de prensa que acataba el fallo de la Corte Constitucional dando las instrucciones pertinentes para que se cambie la información emitida por el Ministerio Público sobre salud sexual y reproductiva. Igualmente ratificó en sus cargos a la procuradora delegada para infancia y familia, Ilva Myriam Hoyos y a la procuradora delegada para la función pública, María Eugenia Carrillo.

El Procurador se comprometió a lo siguiente, de acuerdo al fallo mencionado:

1. Conforme al numeral tercero de la parte resolutiva de dicho fallo, explico que la expresión «campañas masivas de promoción del aborto como derecho», contenida en el comunicado de prensa de 21 de octubre de 2009, debe entenderse como «campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos», de acuerdo con la nota n.o 56, página 180, de la parte considerativa del fallo de tutela.

2. Respecto al numeral cuarto de la parte resolutiva de dicho fallo, me permito aclarar que las declaraciones ofrecidas el 7 de diciembre de 2009 al diario El Espectador no son la posición oficial de la Procuraduría General de la Nación porque no goza de las formalidades propias que le den ese carácter.

Sin embargo y en palabras de la Corte Constitucional, la posición oficial de la Procuraduría General de la Nación debe ser «en Colombia, la anticoncepción oral de emergencia (i) no tiene carácter abortivo sino anticonceptivo, (ii) su uso no está restringido a las hipótesis despenalizadas de aborto, (iii) las mujeres que hacen uso de ella fuera de las causales despenalizadas de aborto no incurren, en ningún caso, en el delito de aborto y (iv) hace parte de los servicios de salud reproductiva que las mujeres colombianas pueden libremente elegir.»

Sin embargo, durante la rueda de prensa, el Procurador Ordóñez señaló que presentará, mañana mismo incidente de nulidad para que el pleno de la Corte Constitucional revise el fallo tomado por la sala sexta de revisión del mismo tribunal. Con esta acción, Ordóñez, le da a la Corte y al país lo que se venía pidiendo pero pasa por encima del criterio de los magistrados que emitieron el fallo y pone de presente que buscará por todas las vías echar abajo las consideraciones del tribunal.

El Procurador envió un mensaje tendiente a ratificar su posición sobre el aborto, diciéndole a la “familia colombiana” que no deben preocuparse ya que su labor será defender el derecho a una educación que defienda la vida desde la concepción hasta l muerte natural, algo que se puede interpretar como un desafío a las decisiones que la Corte Constitucional ha tomado sobre el particular.

Además, instó al Consejo de Estado para que decida sobre los incidentes de nulidad que deciden acerca de la objeción de conciencia para la interrupción del embarazo. Igualmente, hizo un llamado al Congreso de la República para que adelante el trámite de un proyecto de ley tendiente a regular la aplicación del aborto como está estipulado en la ley.

Con estos hecho, el Procurador General de la Nación, demuestra que el respeto por el ordenamiento jurídico llega hasta el punto en que sus convicciones personales no se corresponden con su función pública. Si el pleno de la Corte Constitucional, de mayoría conservadora, declara nula la sentencia de la sala de revisión y el Congreso, que depende del concepto disciplinario del Procurador, adelanta el proyecto de ley que solicitó el jefe del Ministerio Público, estaríamos contemplando, no solo un acto de campaña reeleccionista del Procurador sino que estaríamos observando un acto de poder que va más allá de las funciones propias de la Procuraduría.

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