Las siete actividades que se permiten a partir del lunes 27 de abril

El Decreto 593 que da continuidad al aislamiento preventivo obligatorio del lunes 27 de abril hasta las cero horas del 11 de mayo de 2020, permite las siguientes actividades:

  1. Habilita la operación de casas de cambio, chance y lotería.
  2. Vuelven a funcionar las comisarías de familia e inspecciones de policía.
  3. Se habilita la operación de fábricas, reparación, mantenimiento y compra y venta de bicicletas y sus partes.
  4. Reinician actividades los sectores de la construcción y manufacturas. Esta última incluye a los subsectores de productos textiles, de cuero y prendas de vestir; transformación de madera; fabricación de papel, cartón y sus productos derivados, y fabricación de productos químicos, metales, eléctricos, maquinaria y equipos. El comercio de estos productos se hará a través de plataformas de comercio electrónico o para entrega a domicilio.
  5. Se permiten actividades de ejercicio físico al aire libre de personas entre 18 y 60 años por 1 hora (máximo) al día.
  6. Podrán funcionar los parqueaderos públicos para vehículos.
  7. Las personas vinculadas laboralmente a las industrias manufactureras y de construcción, deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones.

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