Corte Suprema ordena la intervención de cárceles en Medellín

La Corte Suprema de Justicia ordenó la instalación inmediata de una mesa de trabajo interinstitucional con miras a solucionar en el corto o mediano plazo la grave crisis humanitaria que padecen las personas recluidas en los centros transitorios de detención de Medellín, donde hay hacinamiento de hasta el mil 450 por ciento.

Según lo determinó la Sala de Decisión de Tutelas N° 2 de la Sala de Casación Penal, esos espacios de reclusión transitoria no se encuentran adaptados para albergar, bajo las mínimas condiciones de respeto a su condición humana, una creciente población de personas detenidas preventivamente, sometidas por tal razón a tratos indecorosos, humillantes y discriminatorios.

“El hacinamiento ha tomado niveles francamente insoportables: según los datos suministrados por el Personero Municipal, el área de habitabilidad para cada interno corresponde a 49 cms en la Estación Candelaria; 68 cms en la Estación Manrique; 60 cms en la Estación Aranjuez; 90 cms en la Meval; 47 cms en la Estación Castilla; 43,38 cms en la Estación Doce de Octubre; 75 cms en la Estación Buenos Aires; 90 cms en la Estación Villa Hermosa; 46 cms en la Estación Belén y 75 cms. en la Estación Laureles”.

Según el ente de control municipal, “en esas condiciones crueles, degradantes y humillantes para su condición humana, algunas personas han llegado a permanecer recluidas más de 2 años en reducidísimos espacios, en los que incluso duermen en el suelo unas sobre otras”.

Hacinamiento-Carceles

Cortesía: Personería de Medellín

La Sala encontró que las autoridades responsables, no se encuentran adelantando las soluciones correspondientes con la debida diligencia los planes y programas efectivos para su resolución. “Lo que se advierte -afirma la providencia- es que al parecer se han limitado a dar aplicación a la medida. A pesar de que las órdenes fueron expedidas hace más de 6 años, no se observan resultados efectivos y eficaces, dado que el problema de hacinamiento se mantiene en los referidos establecimientos de reclusión y se trasladó a los centros de detención transitoria, donde la situación es aún mucho más dramática”.

La sentencia ratifica el amparo de tutela concedido en primera instancia por el Tribunal Superior de Medellín, frente al derecho fundamental a la dignidad humana de los detenidos en los Centros Transitorios de Reclusión de esa ciudad, disponiendo la adopción de medidas inmediatas, graduales, a mediano y largo plazo, y ordenando incluso la construcción de un centro de reclusión metropolitano para albergar la población detenida preventivamente en el Valle de Aburrá.

“Es inaceptable que la Alcaldía de Medellín, los municipios del Área Metropolitana y el gobierno de Antioquia, ante este desastre humanitario, se opongan a acatar el mandato judicial de cumplir con su deber con la urgencia que el caso lo amerita, bajo el argumento simple, ya contradicho, de que el juez de tutela no puede ordenar la realización de obras públicas, como si la ley de presupuesto fuera un obstáculo para impedir la vergüenza institucional que traduce la situación”, consigna la tutela.

La Corte Suprema de Justicia aclara en la sentencia que la ampliación de los cupos carcelarios y la solución integral de la crisis humanitaria detectada, no puede interpretarse erróneamente como un mensaje dirigido a promover aquellas formas de limitación del derecho a la libertad individual.