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Etiqueta: Excombatientes

«En Colombia se presentaron 94 masacres durante el año 2023»: Indepaz

Colombia ha registrado un total de 94 masacres y 44 firmantes del acuerdo de paz asesinados en 2023, de acuerdo con el balance del año publicado por el Instituto de Estudios para la Paz (Indepaz).

Según el informe ‘Violencia en Colombia’, 188 personas que ejercían algún tipo de liderazgo o defensa de los Derechos Humanos, incluidos 20 menores de edad de entre 16 y 18 años, han sido asesinados en Colombia entre el 01 de enero y el 28 de diciembre de 2023.

En este período de tiempo se han cometido un total de 94 masacres que se han saldado con 303 víctimas. Pese a que las cifras son elevadas, la publicación de Indepaz ha plasmado «una disminución en el número de víctimas» respecto a 2022, año en el que fueron 343.

Asimismo, en lo que al dato de firmantes de paz asesinados se refiere, también se ha registrado un descenso: en 2023 han sido asesinadas siete personas menos que en 2022, cuando se presentaron 50 asesinatos.

La mayoría de estas masacres ha tenido lugar en «ciudades principales y sus áreas metropolitanas» y «muchas de ellas como consecuencia de disputas entre actores armados locales por economías como el microtráfico, la extorsión y el control sobre rutas de paso de drogas a centros de distribución más amplios», destaca el documento.

Concretamente, Indepaz ha señalado como especialmente «preocupante» la situación en los departamentos de Cauca, Antioquia, Nariño y Valle del Cauca, «siendo estos los lugares y sectores sociales donde se concentraron los asesinatos».

Además, se han registrado 167.540 eventos de desplazamiento forzado en el país entre el 01 de enero y el 30 de noviembre de 2023.

Menores en grupos armados

En su informe anual, Indepaz ha hecho particular hincapié en la vinculación de niños, niñas y adolescentes a actividades relacionadas con grupos armados.

A este respecto, el documento ha revelado que los menores entre los 12 y 17 años son las principales víctimas de vinculación a actividades de los distintos grupos armados del territorio nacional.

Así, hasta el 30 de noviembre de 2023, se han registrado 86 eventos de vinculación de niños, niñas y adolescentes a actividades relacionadas con grupos armados, que se han concentrado en los departamentos de Cauca, Arauca y Antioquia.

Cauca no solo es el departamento más afectado por las acciones de violencia en general, sino que se ha convertido también en el escenario más preocupante del país para niños y adolescentes, dado que «la presión a través de la violencia ejercida por los grupos armados los ha convertido en blanco de violaciones de los Derechos Humanos y del DIH (Derecho Internacional Humanitario), lo cual se expresa en distintos tipos de vinculación en los grupos armados, donde cumplen labores de mensajeros, reclutadores, campaneros, entre otras actividades».

Le puede interesar: Johan Serna, el excombatiente número 43 en ser asesinado en 2023

Gobierno se niega a pagarle pensión a hijos de excombatientes asesinados

El Gobierno de Colombia ha presentado una tutela a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para evitar tener que pagar una pensión a los hijos de los guerrilleros desmovilizados de las FARC que han sido asesinados.

A través de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), el Gobierno del presidente, Iván Duque, ha vuelto a negarse a indemnizar a los hijos de los desmovilizados, después de que la JEP ordenara en dos ocasiones hacerlo con el fin de proteger a quienes se sumaron a los acuerdos de paz y sus familias.

«El hecho de que el proceso de reincorporación tenga un carácter integral e involucre a las familias de los exintegrantes de ese extinto grupo guerrillero no significa que estas tengan derecho a gozar de los beneficios económicos en ausencia de los desmovilizados», señala la tutela, que si bien fue presentada el pasado 24, no se ha hecho pública hasta este jueves 9 de junio, informa ‘El Espectador’.

El documento señala que los beneficios de estas personas se limitan a «medidas y asistencias de contenido social», ya que los beneficios económicos son en exclusiva para quienes en su día formaron parte de la ya disuelta guerrilla y acreditaron su abandono de las armas ante la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

La primera vez que la JEP ordenó al Gobierno de Duque garantizar no solo esta pensión, sino el pago de un seguro de vida en caso del asesinato de los progenitores, así como de los gastos funerarios fue en noviembre de 2021. La ARN apeló, pero el tribunal volvió a dejar en firme la sentencia en febrero.

Cuando la JEP inicio allá por abril de 2020 los mecanismos legales para otorgar medidas cautelares en este sentido a los antiguos combatientes y sus familias, eran 193 los que habían sido asesinados. Ahora, dos años después, son ya 333 los muertos por homicidio, a quienes se suman una treintena de familiares asesinados.

Mientras la ARN sostiene que la situación de seguridad de quienes se sumaron a la firma de La Habana y sus familias ha mejorado, las críticas contra el presidente Duque y su Gobierno por el olvido al que han sometido a los acuerdos continúan desde varios frentes a nivel nacional e internacional

En su último informe trimestral sobre la situación de estos acuerdos de paz, Naciones Unidas ha denunciado que los hijos de los guerrilleros desmovilizados siguen enfrentándose a importantes obstáculos para acceder a derechos básicos como educación, sanidad, alimentación, tanto dentro como fuera de los espacios habilitados para su reincorporación en la vida civil, así como a los riesgos de reclutamiento forzoso por parte del resto de grupos armados que operan.

Estado de cosas inconstitucional a excombatientes FARC

La Corte Constitucional, el 27 de enero de 2022, declaró el Estado de Cosas Inconstitucional por la violación constante y masiva de derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal, a la seguridad y a la paz que han enfrentado más de 13.000 excombatientes de las FARC al reincorporarse a la vida civil, por la falta de garantías de seguridad en los territorios e incumplimiento al Acuerdo de Paz por el Estado.

Según la magistrada ponente, Cristina Pardo, la Sala Plena tuvo en cuenta para emitir la decisión el alto número de firmantes del acuerdo de paz que han sido asesinados -303 hasta finales de 2021 según la Organización de Naciones Unidas, ONU- y el bajo nivel de implementación de las normas sobre garantías de seguridad para los desmovilizados.

Para la Corte, el asesinato de una sola de las personas que firmaron el Acuerdo de Paz tiene un efecto desproporcionado y exige la acción inmediata y coordinada de todo el Estado. Debe tenerse en cuenta que a cambio de la desmovilización y del desarme que ya tuvo lugar y se cumplió a cabalidad por parte de los excombatientes de las FARC que se comprometieron a reincorporarse al tejido social, lo mínimo que esperan es poder hacer el tránsito de manera confiable y segura para sus vidas e integridad personal.

La Corte propuso una articulación completa de entidades que no pueden seguir pasándose el problema de lado a lado sin tener una solución de fondo. Llamó la atención que el componente de seguridad se analice y aplique en términos de estrategias para consolidar la integración al tejido social y no solo en términos de medición de riesgo, acciones preventivas individuales, y esquemas de seguridad con personas, armamentos y vehículos.

Según el fallo, el Gobierno creó una institucionalidad paralela que hizo a un lado dos entidades pactadas en el Acuerdo de Paz que habrían resultado claves para atender estas situaciones de riesgo: la Instancia de Alto Nivel y la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, en donde tienen participación los firmantes del proceso. Esta institucionalidad paralela generó una confusión institucional que cercenó el camino para que distintas autoridades no asumieran una responsabilidad completa en sus acciones.

¿Cuáles son algunas de las 17 ordenes generales que el Estado debe cumplir?

¿Qué se debe hacer para superar el Estado de Cosas Inconstitucional? El Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura deberán adoptar en tres meses las medidas administrativas y financieras necesarias para el funcionamiento de la Sala Especial de Seguimiento del alto tribunal, que realizará un estudio en el que se verifique el cumplimiento de las órdenes emitidas por la Corte.

La Procuraduría General de la Nación tendrá que adoptar un mecanismo especial de vigilancia de la sentencia, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo.

El Gobierno Nacional debe adoptar las medidas que le permitan cumplir de manera integral, coordinada y articulada las garantías de seguridad previstas en el Acuerdo Final de Paz que han sido objeto de desarrollo legal y constitucional, de modo que se facilite la reinserción o reincorporación efectiva y pronta en la vida civil de quiénes se desmovilizaron y de sus familiares, entendiendo que esto contribuye a su seguridad personal.

El Gobierno Nacional deberá iniciar los trámites para que haya suficiente presupuesto para que los firmantes del Acuerdo de Paz que ejercen actividades de liderazgo político o social y que comparecen ante el Sistema Integral de Paz, gocen de la protección necesaria.

El Gobierno Nacional, de manera inmediata, tendrá que darle cumplimiento al decreto 299 de 2017 sobre los recursos financieros, físicos y humanos para implementar el Plan Estratégico de Seguridad y Protección. Se deberá priorizar los municipios y regiones más afectadas por la violencia de los grupos armados, entre los cuáles están 25 mencionados por la ONU ubicados en los departamentos de Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca.

Dentro de los cuatro meses siguientes al fallo, la Unidad Nacional de Protección, UNP, del Ministerio del Interior debe reevaluar el riesgo que enfrentan los firmantes del acuerdo de paz y quienes integran el partido Comunes, así como otras personas que estén en situación similar, priorizando los esquemas de protección colectivo de los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación. De ser necesarios, se deben implementar nuevos esquemas, haciendo la respectiva contratación de los escoltas. Además, se ordenó hacer un plan de descongestión de los análisis de riesgos en la UNP.

Las autoridades estatales y gubernamentales, a quienes compete cumplir los compromisos asumidos por el Estado colombiano en el Acuerdo Final de Paz, deben atender sus deberes. Sus acciones deben ser concordante con las obligaciones que se desprenden del ordenamiento jurídico. Su lenguaje debe ser asertivo, respetuoso, constructivo, empático y generador de confianza para que no refuercen imaginarios sociales y culturales de estigmatización y odio. Para cumplir con lo anterior, se aplicará con rigor los principios de presunción del riesgo extraordinario e inversión de la carga de la prueba y coordinación, y se realizará un análisis detallado del contexto para evitar actuaciones dilatorias que aumenten innecesariamente el riesgo de seguridad que enfrentan las personas desmovilizadas, en los términos del Decreto Ley 895 de 2017. También deberán tomarse en cuenta los enfoques diferenciales, de derechos humanos, de género, étnico, territorial y multidimensional.

Dentro de dos meses el Ministerio del Interior, la Alta Consejería para la Estabilización y Consolidación y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización deben adoptar medidas concretas para garantizar la articulación entre los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial y los Programas Integrales de Sustitución y Desarrollo Alternativo que a nivel municipal se han venido ejecutando asincrónicamente, en todo lo relacionado con la estrategia de seguridad.

También le exhortó al Congreso para que de «el impulso indispensable para desarrollar los contenidos del Acuerdo Final de Paz que aún se encuentran requeridos de implementación legislativa, relacionados con la posibilidad de materializar el concepto de seguridad».

La Corte hará un proceso de verificación de su cumplimiento, a través de indicadores, en un proceso similar al que actualmente se adelanta en el fallo de tutela T-025 de 2004 que declaró un estado de cosas inconstitucionales en materia de desplazamiento forzado de personas.

El Estado colombiano podría haber evitado esta sentencia cumpliendo con su deber de implementar los Acuerdos de Paz de 2016 y su obligación de proteger a la vida, la integridad personal y la seguridad de cada excombatiente de las FARC y de cada ciudadano colombiano. Pero no, como siempre en este país, se tiene que recurrir a las altas cortes en búsqueda de volver real los derechos más fundamentales. Veremos si con esta sentencia tan contundente, el Estado por fin hace lo que tiene que hacer.

Las órdenes precisas de la Corte en beneficio de los excombatientes

En las últimas horas la Corte Constitucional declaró el Estado de Cosas Inconstitucional y ordenó al Gobierno garantizar la seguridad de los excombatientes de las extintas Farc.

La decisión se produjo al fallar varias tutelas que estaban en revisión en el alto tribunal interpuestas por ex combatientes de las Farc de Guaviare y Nariño, quienes argumentaron que sus vidas corren peligro y las medidas del Gobierno han sido insuficientes por la amenaza en que viven de grupos armados.

La decisión obliga al gobierno a adoptar una serie de medidas urgentes para garantizar la seguridad de los firmantes del Acuerdo de Paz, entre las que se destacan:

  • La Unidad Nacional de Protección tiene cuatro meses para reevaluar el riesgo que tienen los firmantes de paz e integrantes del partido Comunes, priorizando los esquemas de protección colectiva de los Antiguos Espacios Territoriales de Reincorporación para mantenerlos o fortalecerlos.
  • El Gobierno Nacional deberá adoptar las medidas que hagan cumplir las garantías de seguridad establecidas en el acuerdo de paz, para facilitar la reincorporación efectiva y pronta a la vida civil de los desmovilizados y sus familias.
  • Se deben priorizar las regiones afectadas por grupos armados y la ausencia del Estado, que según un informe de la ONU son 25 municipios ubicados en Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca.
  • El Ministerio del Interior y la Alta Consejería para la Estabilización y Consolidación deberán en dos meses adoptar “medidas concretas para garantizar la articulación entre los PDTS y los programas de sustitución de desarrollo alternativo que a nivel municipal se han venido ejecutando de manera asincrónicamente frente a la estrategia de seguridad”.
  • La Defensoría del Pueblo tendrá un mes para entregar a la JEP y a la Fiscalía General un informe actualizado sobre las alertas tempranas sobre los ex Farc, para que de esta manera se siga avanzando en la investigación de los crímenes en contra de estas personas.
  • La Procuraduría General deberá adoptar, por su parte, un mecanismo de vigilancia para el cumplimiento de la sentencia. Es así que la Corte asumirá, a través de una sala especial de seguimiento, el cumplimiento de las órdenes emitidas con el propósito de superar el Estado Cosas Inconstitucional.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo fue acogida por 5 magistrados y cuatro estuvieron en desacuerdo de declarar el estado de cosas inconstitucional.