Al decir de José Manuel Marroquín en su poema La Perrilla, “es flaca sobre manera toda humana previsión, pues en más de una ocasión sale lo que no se espera”. Pues bien, contra todo pronóstico, el Presidente Gustavo Petro, mediante el Decreto 1469, expedido el pasado 29 de diciembre, reajustó el Salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026 el 23.8%, el máximo desde 1993 que fue del 25%, superando con creces el rango en el que se movieron las propuestas de los empleadores, del 7.21% y de las centrales obreras, del 16%. Se fijó, entonces, en Para ello adujo el Presidente Petro que “el salario mínimo vital debe ser un salario vital familiar, que permita vivir con dignidad y no sólo sobrevivir”.
El salario mínimo para el 2026 se fijó en $1´7746.882, al cual se le viene a sumar el auxilio de transporte, de $253.118, para un consolidado de $2´000.000. No obstante, cuando se le suman los desembolsos que debe hacer el empleador por concepto de seguridad social y prestaciones sociales se eleva hasta los $2´975.614.
La Ley 278 es taxativa a la hora de establecer los parámetros a tener en cuenta para establecer el reajuste y el monto del salario mínimo legal: la inflación causada reportada por el DANE, la inflación proyectada por el Banco de la República para el año siguiente, la productividad laboral conforme cifra entregada por el DANE, el porcentaje de contribución de los salarios al ingreso nacional y el incremento del PIB, según la última cifra debidamente certificada por el DANE.
Desde luego, el salario mínimo debe crecer, como mínimo, en línea con la inflación causada, para evitar la pérdida del poder adquisitivo. Pero su incremento real solo es sostenible cuando está respaldado por aumentos en la productividad del trabajo. Pretender resolver problemas estructurales de pobreza y desigualdad exclusivamente mediante incrementos salariales es desconocer las limitaciones del mercado laboral colombiano y la elevada proporción de trabajadores que ni siquiera devengan el salario mínimo.
No se puede perder de vista, además, la concatenación del impacto que trae consigo el reajuste del salario mínimo legal, toda vez que son muchas las variables que están atadas e indexadas al mismo. A guisa de ejemplo citemos algunos casos: aportes de aprendices al SENA, multas de tránsito, el SOAT, aportes obligatorios a seguridad social (salud, pensión, riesgos laborales), tarifas notariales, arriendos, los peajes en todo el país, así como las matrículas de escuelas, colegios y universidades. Un caso que llama poderosamente la atención es su devastador efecto en el costo de la vivienda de interés social (VIS), las cuales pasarán de costar $192´172.500 a $235´829.070. Es decir que los destinatarios de las viviendas de interés social, que no son propiamente los más pudientes, deberán endeudarse en $46 millones más para hacerse a una de ellas (¡!).
Como efecto colateral de esta insensata medida se terminará atizando la inflación, que se resiste a ceder y se mantiene por encima del 5%, alejándose en lugar de acercarse a la inflación objetivo del Banco de la República del 3%, lo cual ha llevado a su Junta, a pesar de las presiones del Gobierno en sentido contrario, a mantener la tasa de interés de intervención en 9.25%. Es más, la Junta del Banco Emisor se puede ver ahora precisada a incrementarla, lo que, desde luego, encarecería el crédito. No hay que perder de vista que la inflación constituye el impuesto más regresivo, el que más afecta a los más vulnerables, de manera que este incremento desproporcionado del salario mínimo legal simula dar con una mano a quien lo percibe lo que le arrebata con la otra. Metafóricamente, a quienes ganan el mínimo les están aumentando el tamaño de la cuchara mientras le reducen el plato de su ingesta diaria.
Hasta el propio Gobierno Nacional, que es el mayor empleador en el país, se acaba de propinar un tiro en el pie, puesto que por cada punto porcentual del incremento decretado del salario mínimo legal incurre en un gasto adicional, que se deberá financiar vía Presupuesto General de la Nación, del orden de los $400.000 millones. El costo fiscal de esta alza desmesurada del salario mínimo vital será superior a los $9 billones. Y ello, en momentos en los que se alega por parte del mismo Gobierno a las “restricciones en la caja de la Tesorería General de la Nación” como razón potísima para declarar el Estado de Emergencia económica y social mediante el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, con sólo una semana de diferencia.
Por las consideraciones anteriores, quiero decir que comparto en su integridad el atinado pronunciamiento de la Presidencia de la Asociación de Facultades de Economía de Colombia (AFADECO) y coincido con esta en que, en las actuales circunstancias y advertidos de las consecuencias que se pueden derivar de una decisión que consideramos como un dislate y movida más por consideraciones políticas que por el rigor técnico “el silencio no es neutral. Callar frente a decisiones que contravienen principios ampliamente aceptados de la disciplina no protege a los trabajadores, los expone”. Bien se ha dicho que nosotros nos podemos olvidar de la economía y sus fundamentos, pero la economía nunca se olvida de nosotros!
Amylkar Acosta | Opinión
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