Defensoría del Pueblo: no hay perros agresivos, sino dueños irresponsables

Normas como sancionar al dueño de un perro potencialmente peligroso que esté en un espacio público sin implementos de seguridad o no contar con la póliza para responder por los daños que pueda causar el can, hacen parte del nuevo Código de Policía y Convivencia que entra a regir el próximo 30 de enero. En el día de hoy, un niño de 14 meses falleció a consecuencia del ataque de su mascota, un pitbull propiedad de su padre, menor de edad.

Conmocionado se despertó el país al conocerse la triste noticia del fallecimiento de un niño de 14 años en Medellín después de que sufriera el ataque feroz de su mascota, un perro raza Pitbull, este domingo. Según las primeras versiones, el animal, propiedad de la familia del menor, atacó al niño mientras este jugaba en el piso de su vivienda, ocasionándole heridas principalmente en el cuello y otras partes del cuerpo. El ataque ocurrió en el barrio Kennedy, noroccidente de Medellín, en una vivienda de dos pisos, el menor falleció poco después.

Desde ese momento, la opinión pública ha intentado entender el suceso. Para ello, recurrimos a la legislación vigente sobre la tenencia de perros y mascotas. La respuesta la hallamos en la Ley 746 del 2002, por medio de la cual se regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos, con normas como sacar a este tipo de animales con bozal y con correa.

En su artículo 108-C, esta Ley establece que en las vías públicas, en los lugares abiertos al público, y en el transporte público, o en los que sea permitida su estancia, todos los perros deben tener su correspondiente traílla. Adicional a ello los que son considerados como razas potencialmente peligrosas deben portar su bozal y permiso de tenencia.

De acuerdo con fuentes consultadas por Confidencial Colombia, especialistas en las normas vigentes explicaron que el propietario del animal como primer responsable por la norma legal debe responder de los daños por razón de estar el animal bajo su guarda, se entiende bajo su “guarda jurídica”, aunque no tenga la “guarda material” o de hecho. Como tal guardián, es responsable de todo daño, pues si ha perdido la guarda material, ha conservado la guarda jurídica, que es la decisiva, gracias al poder de dirección y de mando que ella implica. Además, es responsable por los daños ocasionados por el animal de que es dueño cuando se le ha extraviado o escapado.

Pero además de la figura jurídica del propietario, estaría también el poseedor, a quien el propietario voluntariamente le ha confiado al animal, siempre que este poseedor sea de buena fe, respondería, como responsabilidad extracontractual, de los daños directos por el descuidos del animal, o bien por no realizar la guarda necesaria del mismo o cuidado respecto de terceros, salvo casos de fuerza mayor, o bien que el animal hubiera sido incitado por el tercero. A esta figura también se la conocía como detentador.

El caso de este niño es el segundo de gravedad que ocurre en la ciudad en los últimos cuatro meses. En octubre del año pasado, un perro de la misma raza atacó a una mujer de 76 años en el barrio Loma de los Bernal, dejándola en cuidados intensivos y en coma inducido por las heridas.

El hecho sucede a pocos días de que entre en vigencia el nuevo Código Nacional de Policía, según el cual, las autoridades pueden decomisar perros de razas peligrosas que no porten los bozales.

En Bogotá niños entre 5 y 11 años de edad son las víctimas más frecuentes de mordeduras causadas por perros. En esta población se registraron 3.493 casos en los diez últimos meses, según un estudio realizado por la Defensoría del Pueblo.

Las localidades del Distrito con más perros de razas peligrosas registrados son La Candelaria, Barrios Unidos, Fontibón, Teusaquillo, Chapinero, San Cristóbal, Engativá y Ciudad Bolívar, en ese orden. El informe señala que, en promedio, cada hora se registran dos ataques a personas causados por caninos.