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En la Sala Plena de la Corte Constitucional se hundió, como estaba anunciado, el Tribunal de Aforados creado por la reforma del equilibrio de poderes. La Corte argumentó que había vicios de forma y de fondo.

El Tribunal de Aforados reemplazaría a la cuestionada Comisión de Acusaciones y desde su misma creación, el año pasado, todas las cortes expresaron su oposición a un organismo que, aseguraban, amenazaba la independencia judicial.

Ese organismo, junto con el Consejo de Gobierno Judicial que se tumbó en junio de este año y con el que se revivió la Judicatura, era uno de los mayores cambios del equilibrio de poderes, que buscaba ponerles mayores controles a magistrados y al Fiscal General y cerrarles puertas a varios de los graves vicios del poder judicial.

La Corte decidió una demanda interpuesta por el ex fiscal Eduardo Montealegre contra el Tribuinal, que en la práctica hacía más eficiente la investigación y el eventual juzgamiento de los aforados. La ponencia, del magistrado Alejandro Linares, inicialmente había planteado hundir el tribunal por asuntos de trámite, pero la mayoría optó por hundirla porque, consideraron los magistrados, el Congreso sustituyó la Constitución al cambiar el sistema de juzgamiento de la cúpula judicial.

El efecto es que se mantiene la Comisión de Acusación, que es uno de los órganos más desprestigiados de la institucionalidad colombiana. En más de 40 años, a pesar de decenas de escándalos, la Comisión solo ha llevado un caso a juicio político ante el Senado: el del magistrado Jorge Pretelt, que no se ha movido este año en el Congreso.

Con esas decisiones, en la parte judicial, los efectos serán mínimos. Hasta ahora va desapareciendo la Sala Disciplinaria de la Judicatura y se mantienen prohibiciones como la de la puerta giratoria (el salto de los magistrados de una corte a la otra) y el ‘yo te elijo, tú me eliges’, que permitía que las cortes postularan como candidatos a exmagistrados que habían participado en la conformación de sus salas (los magistrados eligen las vacantes en la Corte Suprema y el Consejo de Estado, por el sistema de cooptación, de listas enviadas por la Judicatura).

Lea AQUÍ el texto completo publicado por la Corte Constitucional