El chiste de la multinacional Odebrecht de sobornar a funcionarios y políticos en Colombia para obtener y mantener contratos por podría salirle caro si se confirma el fallo de primera instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca: 260 millones de dólares y 10 años de inhabilidad en el país.
En un histórico fallo la Justicia acogió la acción popular adelantada por el Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, encaminada a la protección de la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público, y ordenó que por los actos de corrupción de Odebrecht la Nación sea indemnizada con $800.156’144.362 pesos.
Esta cifra equivale a cerca de U$260 millones, monto que supera algo más de 22 veces los U$11 millones que inicialmente ofreció la multinacional, para recibir beneficios en sus procesos penales, disciplinarios y fiscales en Colombia y puedan seguir contratando con el Estado.
El Procurador Fernando Carrillo consideró que este fallo es icónico en la lucha contra la corrupción y demuestra que las sanciones para este fenómeno “pueden ir más allá del derecho penal, tocando severamente el bolsillo de quienes cometen estos actos ilícitos”.
Así mismo, sostuvo que consolida el compromiso de la Entidad y la justicia en la defensa de la moralidad administrativa y del patrimonio público, reafirma la lucha contra las multinacionales del crimen, y consolida las bases del proyecto de ley que busca la responsabilidad penal para las personas jurídicas.
Con el fallo que acogió las tesis del Ministerio Público, la multinacional quedó inhabilitada por 10 años para celebrar contratos con entidades oficiales, y se declaró la suspensión definitiva de los efectos del Contrato 001 (Ruta del Sol), sus adiciones y modificaciones.
La sentencia reconoció la comisión de actos de corrupción que dieron lugar a la vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa y ordenó mantener embargos, para garantizar el pago de la sentencia, contra las cuentas, bienes y dividendos de la Concesionaria Ruta del Sol S.A.S., Constructora Norberto Odebrecht S.A., Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S., Estudios y Proyectos del Sol S.A.S. – Episol S.A.S., CCS Constructores S.A., y las personas naturales Gabriel Ignacio García Morales, José Elías Melo Acosta, Otto Nicolás Bula Bula, Luiz Antonio Bueno Junior, Luiz Antonio Mameri y Luiz Eduardo Da Rocha Soares.