El Consejo de Estado negó la demanda que buscaba tumbar la reglamentación expedida por el Gobierno para ejercer la actividad del fracking.
La Sección Tercera del Consejo de Estado indicó que las normas eran “un reglamento técnico”, por lo cual su función como juez no es decir qué debe hacer la administración sino verificar que las normas estén ajustadas a derecho”
La demanda hace referencia a lo establecido en el Decreto 3004 de 2013 y de la Resolución 90341 de 2014, firmados por el presidente de la república. Según el demandante, estas decisiones representan un riesgo para los recursos naturales, la salud humana y animal, además de violar el principio de precaución”.
El Consejo de Estado dijo además que, “la demanda no demostró que las normas acusadas no satisfacían las exigencias jurídicas del principio de precaución. No probó que fueran contrarias, ajenas o irrazonables de cara al conocimiento científico o de la disciplina correspondiente y que tampoco probó que sus reglas sean arbitrarias, inadecuadas o irrazonables para mitigar los riesgos de la actividad regulada”.
La decisión se dio con una votación de cinco a favor y tres con salvamento.