De acuerdo con el nuevo decreto firmado por el Departamento Administrativo de la Función Pública, el tiempo mínimo para un contrato de prestación de servicio, en adelante será de cuatro meses y esto se debe ceñir únicamente al personal que las entidades del poder ejecutivo requieran de acuerdo con las finalidades que la misma ley prevé y autoriza para esta modalidad de contratación.
Para tal fin, los órganos, organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial deberán elaborar los estudios técnicos requeridos y establecer. la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades misionales y administrativas que se requieran (Ver decreto).
Así mismo se deberá otorgar como mínimo un 10% para los jóvenes entre 18 y 28 años de edad incluir personas con discapacidad de acuerdo con los porcentajes señalados en el Decreto 2011 de 2017: y el 5% para otras poblaciones vulnerables tales como comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, víctimas de la violencia, entre otras, buscando siempre la paridad de género. Este lineamiento también será aplicable cuando los órganos, organismos y entidades de las administraciones públicas amplíen, modifiquen o provean sus plantas de personal.