En las últimas horas el Consejo de Estado aclaró la decisión adoptada por este tribunal hace una semana, cuando mantuvo las restricciones para la práctica del fracking en Colombia.
Precisa el Consejo de Estado que no se prohibieron las pruebas piloto usando la técnica de fracturamiento de roca generadora de hidrocarburos.
La Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó el auto del 8 de noviembre de 2018, proferido por el ponente de este proceso, que decretó la medida cautelar de suspensión provisional del Decreto 3004 de 26 de diciembre de 2013 “por el cual se establecen los criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”, y de la resolución 90341 de 2014, del Ministerio de Minas y Energía, “por la cual se establecen requerimientos técnicos y procedimientos”.
“La Sala advirtió que el alcance de esta decisión no impide la realización de proyectos piloto integrales de investigación (PPII), contenidos en el capítulo 14 del Informe sobre efectos ambientales (bióticos, físicos y sociales) y económicos de la exploración de hidrocarburos en áreas de posibles despliegue de técnicas de fracturamiento hidráulico de roca generadora mediante perforación horizontal”, precisó la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez .
Asímismo, la presidenta del Consejo de Estado explicó que “los pilotos solo son con fines de investigación, nada comercial. En todo caso al Gobierno Nacional le queda la gran e importante responsabilidad con el país que aquellos estudios que se vayan a hacer en las regiones se rodeen de las máximas garantías para proteger el medio ambiente y el subsuelo”.
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