Noticias, Confidencial, Colombia, Cali, Medellin, Se expidió Decreto Distrital para obras en corredores viales de Calle 80 y Carrera NQS

La Alcaldía expidió el Decreto Distrital 621, el cual tiene como objetivo iniciar la renovación urbana sobre la malla vial por donde transita el sistema de transporte público masivo.

La Administración Distrital expidió el decreto 621 de renovación urbana en Bogotá, el cual tiene como objetivo principal, poner en marcha las obras de los corredores viales de las avenidas Calle 80 y Carrera 30 (NQS).

El secretario Distrital de Planeación, Andrés Ortiz Gómez, aseguró que Bogotá necesita una renovación urbana, y que las zonas más propicias para hacerla efectiva son las áreas más cercanas a los sistemas integrados de transporte masivo.

En ese sentido, el decreto fue estimado para las manzanas con frente sobre la Avenida Calle 80 desde el límite occidental de la ciudad hasta la Avenida NQS, y para las manzanas con frente sobre la Avenida Carrera 30 (NQS), desde la Avenida Calle 80 hasta la Avenida Boyacá.

El funcionario también afirmó, que este decreto ofrece opciones integrales, ya que se tiene evaluado cuales de estas vías no cumplen con suficiente espacio público de calidad.

Asimismo, la SDP aclaró que hay muchos lotes sin uso en proximidad con estas vías, grandes muros que quedaron tras la construcción de las dos troncales de TransMilenio. Esto aparte de ser riesgoso para los transeúntes, genera un deterioro del espacio público ya existente.

La Secretaría Distrital aclaró que se deben cumplir las siguientes condiciones para hacer uso de la mayor edificabilidad que permite el Decreto:

Tener un predio con un área mínima de 1.500 metros cuadrados, “lo que permite consolidar proyectos que generen el carácter metropolitano que actualmente las avenidas cumplen desde el punto de vista de la movilidad urbana”.

El lote debe tener un frente hacia la avenida principal de mínimo 35 metros, lo cual permite consolidar áreas extensas de espacio público peatonal.

Tener frente sobre una vía local o intermedia existente, con el fin de ir eliminando los accesos vehiculares desde la avenida principal, “los cuales entorpecen el tráfico e interrumpen la circulación peatonal”.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 080 de 2016, en estos proyectos es obligatorio que el primer piso esté con espacios habitables sobre la calle, es decir con espacios dedicados al comercio, cafés, gimnasios, servicios o el lobby del edificio.

Las cubiertas de las construcciones serán comunes, para que todos los residentes de los edificios puedan hacer uso de esas áreas. Además el primer piso debe tener una altura mínima obligatoria de 4 metros libres, señaló la SDP.