La Comisión Primera del Senado de la República, aprobó en primer debate el proyecto de Acto Legislativo de Reforma Política, presentado a consideración del legislativo por el Gobierno Nacional.
El presidente del Congreso y coordinador ponente del proyecto de Acto Legislativo de Reforma Política, Roy Barreras, celebró su aprobación y afirmó que este acto legislativo tiene dos cambios fundamentales:
“lo primero es que cierra las listas para evitar la compra y venta de votos y el sistema corrupto clientelar, con la financiación prevalentemente estatal a los partidos no a los candidatos individualmente considerados. Y lo segundo, es que hace de obligatorio cumplimiento que las listas se integren respetando, la paridad de género e identidades diversas, corrigiendo un error histórico del sistema electoral”.
Barreras, agregó que, “la lista cerrada en las democracias modernas tiene varios efectos y uno de ellos es que la financiación es estatal para los partidos y no para las personas. Además, permite que lleguen liderazgos que no tengan estructuras políticas, así como que los partidos se asumen como de gobierno, de manera que quienes ganan la elección, gobiernan. Esto permite que un partido pueda pedirle a alguien electo en lista cerrada que vaya al gobierno y esa persona acate esas decisiones del partido”.
El texto de la ponencia de la reforma política también estipula el Límite a la reelección dentro de corporaciones públicas de elección popular. Nadie podrá ser elegido para más de dos períodos consecutivos en el Senado de la República, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital o Municipal, o Junta Administradora Local.
Los puntos claves aprobados en la reforma son los siguientes:
- Los partidos solo podrán inscribir listas cerradas y bloqueadas con garantía de universalidad, alternancia y paridad de género e identidades diversas.
- -Se establece el deber de implementar mecanismos de democratizacion interna en las colectividades, su incumplimiento acarrerá sanciones al partido como la perdida de la personeria jurídica.
- -La financiación de los partidos será prevalentemente estatal e irá directamente a los partidos, ya no a los candidatos, lo que elimina el conflicto de intereses personal que se presenta cuando la financiación es personal.
- -Si un miembro de una corporación pública se presenta a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos seis meses antes de la inscripción. Y se garantiza que quienes quieran aspirar a un cargo de elección popular deberán tener colmo mínimo una militancia de 6 meses dentro de la colectividad.
- -Se autoriza por una sola vez, a los miembros de los Cuerpos Colegiados de elección popular, o a quienes hubieren renunciado a su curul, para inscribirse en un partido distinto al que los avaló, sin renunciar a la curul o incurrir en doble militancia.
- -Para fortalecer la cultura ciudadana de participación en las decisiones políticas y electorales del país, se crea durante dos periodos constitucionales consecutivos, el voto obligatorio y el deber del estado de garantizar gratuidad en el servicio público de transporte para la jornada electoral.
- – Congresistas podrán ir al ejecutivo con la venia del partido que representan, para esto deberán renunciar a su curul previo a su nombramiento.