La sala de consulta y servicio civil del Consejo de Estado, a través de un fallo resolvió la discusión sobre que órgano es el competente para investigar los topes de la campaña de un presidente en ejercicio.
De acuerdo con el alto tribunal, el Consejo Nacional Electoral sí es el compete para investigar al presidente de la república, en este caso, Gustavo Petro, por los señalamientos que existen en su contra por supuesta violación a los topes electorales de su campaña presidencial.
En el fallo el Consejo de Estado dice lo siguiente: “Declarar competente al Consejo Nacional Electoral, para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, en las cuales fungió como candidato el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego e imponer las sanciones administrativas correspondientes, si a ello hay lugar”.
La sentencia deja claro que a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes le corresponde determinar sí hay lugar o no para una eventual sanción de pérdida de investidura del primer mandatario, dejando así habilitado al Consejo Nacional Electoral habilitado para estudiar la ponencia que pidió formular cargos contra el presidente Gustavo Petro.
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