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Este miércoles 16 de noviembre radicaré el primer Proyecto de Ley de mi autoría que tiene por objeto agilizar el trámite de restitución de tierras despojadas, mediante la modificación de la Ley 1448 de 2011, dotando de facultades jurisdiccionales a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas para que adelante y decida el proceso de restitución de tierras, en aquellos casos en los que en el trámite de inclusión en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzadamente no concurran terceros ni se identifiquen propietarios, poseedores u ocupantes distintos al solicitante.

En nuestro país una de las principales causas de victimización ha sido el despojo forzado de tierras, se estima que en Colombia entre 1985 y 2018 hubo aproximadamente 7,75 millones de casos y gracias al acuerdo de paz se crearon mecanismos de justicia transicional y un marco institucional para lograr la reparación integral a las víctimas.

Uno de ellos es la ley 1448 de 2011 un instrumento que tiene entre sus objetivos lograr la restitución a las víctimas de despojo. Sin embargo, el porcentaje de avance hasta la fecha no ha sido optimo, por lo que la vigencia de la ley tuvo que ser prorrogada hasta el 2031.

En ese sentido, hemos logrado identificar que parte del problema ha sido que la Unidad de Restitución de Tierras -URT-

carece de herramientas eficaces para restituir en aquellos casos en donde no existen opositores a las solicitudes y por ende no habría necesidad de que un juez de la República resuelva una solicitud en la que no se presenta un litigio.

Actualmente, todas esas solicitudes llegan a los despachos judiciales especializados en restitución generando congestión y una carga innecesaria para nuestros jueces, con el Proyecto de Ley podríamos agilizar significativamente el proceso de restitución si le conferimos facultades jurisdiccionales a la URT para que pueda adelantar el proceso de restitución a las víctimas si durante el trámite de inclusión en el Registro de Tierras Despojadas se identifica que no existen opositores a la solicitud o que en el predio no existan poseedores, propietarios u ocupantes distintos a la víctima.

La ley 1448 de 2011 se trazó la meta de reparar más de 300 mil víctimas despojadas, sin embargo a la fecha el porcentaje de cumplimiento es mínimo y con el proyecto que radicaré en los próximos días pretendemos avanzar en las adecuaciones institucionales que permitan cumplirle a las víctimas en el menor tiempo posible para de esta manera reducir su flagelo.

Soy un convencido de la Paz Total y de trabajar por ella y ahora desde mi lugar en la Cámara de Representantes buscaré fortalecerla y poner a las víctimas en el centro del acuerdo, como está estipulado mediante las herramientas jurídicas que permitan avanzar en la implementación de los acuerdos para seguir construyendo #ElCambioQueSoñamos.

Alejandro Toro

alejoavanza@gmail.com
Representante a la Cámara por Antioquia

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