Desde hace algunos meses he intentado pagar todo lo que compro a 60, 90 o 120 días y nadie me acepta esta condición. Por el contrario, y en la mayoría de los casos, he recibido generosas y expresivas invitaciones para que vaya y le pague en esos plazos, a la más fiel lectora de esta columna: mi madre.
El experimento se me ocurrió a la luz de que muchas empresas siguen exigiendo a sus proveedores que acepten políticas de pago que no se compadecen con los servicios prestados. “Para poder participar en el proceso de selección el proveedor suscribe que podrá facturar una vez el servicio sea prestado. Igualmente estará de acuerdo en que el pago se realice a los 60 días calendario una vez radicada la mencionada factura”. Esta exigencia genera que la remuneración de un servicio o el pago de un producto sea efectivamente ejecutado a los 90 días… 3 meses, sí ¡3 MESES DESPUÉS! Así las cosas, usted se come una hamburguesa hoy y la paga el primero de marzo del 2022.
Ustedes se imaginan llegando a la caja de un supermercado y decirle a la persona que ha registrado todos los productos que usted pasó para ser comprados: “Gracias, he recibido su factura y con gusto les pagaré pasados 60 días calendario contando a partir de hoy, domingo 28 de noviembre”. Estoy seguro de que su querida madre será invocada con generosos adjetivos calificativos y con la vehemencia que ha sido traída a mi memoria la mía, en las últimas semanas.
En diciembre del año pasado el Gobierno Nacional reglamentó la famosa y discutida “Ley de pagos en plazos justos” (Ley 2024 de 2020), que entró en vigor a partir de enero del presente año. De acuerdo con lo anunciado, se exigiría a las empresas pagar sus facturas a unos plazos que no podrían superar los 60 días calendario para el 2021 y los 45 días desde el 2022. Pues el debate sigue encendido porque poner en cintura a todos, ha sido un reto que solamente pueden describir los pequeños empresarios que siguen siendo víctimas de unas prácticas poco profesionales y hoy ilegales, por parte de muchas empresas que aprietan a sus proveedores dejándolos sin aire.
Varias de esas organizaciones alardean de sus buenas prácticas en sostenibilidad y buscan salir en todas partes contando sus grandes logros, pero olvidan que la responsabilidad social también se refiere al buen trato de toda su cadena de valor. Pagar lo justo y pagarlo a tiempo es un acto de gran responsabilidad con los proveedores, y no debería convertirse en una práctica para exigir esta forma de aceptar la prestación de un servicio a quienes no tienen grandes palancas de negociación.
El problema que genera esta arraigada distorsión del trato a proveedores es que se convierte en una bola de nieve. ¿De dónde creen que sacan el dinero estas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) para pagar la nómina, el arriendo de su local, oficina, o de los servicios que otras Mipymes les prestan? Si no logran recoger el dinero a tiempo, no tienen cómo pagar sus obligaciones y se ven forzadas a transferir esta mala práctica de estrangular al proveedor, más que por un acto voluntario, por una circunstancia de pura sobrevivencia.
Entonces como bien dice mi querida, y por estos días recordada, madre “las cosas buenas no se hacen porque alguien diga que están bien hechas, si no porque uno cree que es lo correcto”. Ya tenemos la ley, ahora se necesita de gente correcta y de empresarios que entiendan que este tipo de acciones tiene un impacto directo en la calidad de vida de una sociedad, en el crecimiento de las microempresas y en el apoyo a miles de familias que viven de los servicios o los productos que venden.
Ojalá a muchos más empresarios les recordaran a sus madres, que seguramente como la mía, se desviven por pagar sus facturas a tiempo, que no dudan en consignar lo justo y siempre están atentas a cualquier otra cosa que puedan hacer por sus “proveedores”. Tal vez a punta de esos llamados cambiemos por fin las malas prácticas y frenemos esas bolas de nieve, que siempre aprietan al más débil con mayor fuerza.
Alfonso Castro Cid
Managing Partner
KREAB Colombia