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Confidencial Noticias 2025


La Policía Nacional, a través de la Policía Fiscal y Aduanera, en articulación con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la fiscalía general de la Nación, desarticularon una organización formada por cuatro integrantes de una misma familia: madre, dos hijos, la contadora, además, las autoridades colombianas, emitieron Circular Azul de INTERPOL a un tercer hijo.

Llegaron hasta un sector exclusivo en la ciudad de Barranquilla, donde fueron capturadas cuatro integrantes de una misma familia (madre, dos hijos y la contadora) por los presuntos delitos de lavado de activos, enriquecimiento ilícito y fraude aduanero.

La organización delincuencial, que defraudo al Estado por más de $157 mil millones de pesos, importaba celulares, partes y accesorios de gama alta; los cuales eran ingresados por los diferentes aeropuertos del país, con el fin de lavar activos bajo la modalidad de subfacturación (Declaraban ante la DIAN, precios bajos y falsificaban las facturas para evadir impuestos).

Esta estructura criminal, a través de una cadena de 07 empresas fachadas, ubicadas en la misma dirección y con el mismo objeto social, habrían canalizado el millonario desfalco al estado.

La organización era liderada por el hijo mayor de esa familia; la mamá era conocida con el alias de “La Profe”, fungía como representante legal y accionista mayoritaria del grupo criminal, además dictaba clases en una reconocida universidad de la ciudad; de otro lado, el segundo hijo era el subgerente, encargado de realizar los giros al exterior y un tercer descendiente, a quien las autoridades emitieron Circular Azul de INTERPOL.

Mediante actividades judiciales, se logra establecer que esta organización adulteraba las facturas de compra del exterior con el fin de declarar menos tributos. También se logró establecer que las personas naturales y jurídicas no declaran ante la DIAN la realidad económica de sus operaciones financieras.

Esta organización delincuencial adulteraba las declaraciones de importación, cuando eran requeridas en recursos de reconsideración por parte de la DIAN.

 

 

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