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Confidencial Noticias 2025


El 4 de julio de 1991 fue promulgada la actual Constitución Política de Colombia. En ese entonces, al igual que hoy, los jóvenes fueron la fuerza para pedir cambios en la sociedad. En estos 30 años, la Constitución ha sido reformada 56 veces. El promedio de reformas por cada gobierno presidencial ha sido muy alto, a diferencia de la Constitución de 1886 que, en más de 100 años de vigencia, fue reformada en 70 oportunidades. Muchas reformas han sido esperpentos con graves consecuencias institucionales, como la que habilitó la reelección presidencial o la reciente cadena perpetua. Estas fueron verdaderas contrarreformas. Otras, como aquellas destinadas a la implementación del Acuerdo de Paz, han otorgado mecanismos para profundizar las aspiraciones constitucionales.

Después de todo esto, ¿qué le ha quedado a la ciudadanía? Al fin y al cabo, la favorabilidad de una Constitución se debe medir por su influencia en la vida cotidiana de las personas. A pesar de que muchas de sus promesas siguen sin cumplirse –el trabajo digno sigue siendo escaso, el medio ambiente cada vez tiene más amenazas, obtener tratamientos médicos todavía requiere de dinero o de una lucha jurídica– la vigencia de la Constitución ha causado efectos en el ejercicio de la ciudadanía.

En virtud de la Constitución, comunidades campesinas han logrado proteger ecosistemas estratégicos, frenando proyectos extractivos de empresas transnacionales; comunidades étnicas han logrado que algunos ecosistemas sean reconocidos como sujetos de derechos; los jóvenes lograron la protección judicial de la Amazonía colombiana como un elemento para mitigar el cambio climático; la mujeres lograron que se les reconociera su derecho humano a la anticoncepción; las parejas del mismo sexo han podido casarse; y se ha reconocido los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y no repetición en los procesos de paz. Estos logros no han sido producto de la intención del legislador por implementar la Constitución, sino del activismo ciudadano. Ese activismo no se ha limitado a las instancias judiciales, también se ha replicado en las calles, las protestas son muestra de ello.

Algunos constitucionalistas como Jorge Roa señalan que un Estado social y democrático de derecho exige una ciudadanía constitucionalmente militante. Los logros anteriormente señalados, el activismo a través del litigio y a través de la protesta, muestran dicha militancia. El caso colombiano muestra que esta militancia se inspira en tres valores constitucionales: la satisfacción de las necesidades básicas, la democracia deliberativa y la obstaculización de la imposición de un régimen autoritario.

El litigio y las protestas se han movido por estos tres valores. Después de tener una ciudadanía constitucionalmente militante, el reto es tener una clase política constitucionalmente militante.

@cancinodiegoa

Diego Cancino

Concejal de Bogotá Filósofo de la Universidad Nacional de Colombia. Tiene estudios de maestría en políticas públicas de la Universidad de los Andes. Asesor en la Cámara de Representantes y profesor en la Universidad de los Andes y en la Universidad del Externado.

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