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Confidencial Noticias 2025


El 11 de marzo, días después del asesinato del patrullero Edwin Caro y de las medidas anunciadas por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, la Quinta División del Ejército Nacional publicó un video en Twitter en el que el Alcalde Local de San Cristóbal, Anderson Acosta Torres, señala que el Ejército Nacional ha realizado actividades de seguridad ciudadana, como patrullajes.

Teniendo en cuenta que la finalidad constitucional de la Policía es garantizar el ejercicio de los derechos y asegurar la convivencia pacífica, la seguridad ciudadana le compete a este cuerpo. Solamente ante situaciones excepcionales, las cuales deben probarse, el Ejército podrá apoyar dichas labores. En ese sentido, el artículo 170 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana establece la figura de la asistencia militar, por medio de la cual, los gobernadores, alcaldes municipales o distritales pueden solicitarle al Presidente de la República el apoyo del Ejército para reforzar la seguridad. Esta medida es excepcional y solamente procede ante hechos graves de alteración de la seguridad.

En lugar de hacer uso de la asistencia militar, la cual exige comprobar la presencia de una situación excepcional de alternación de la seguridad, estas medidas se justificaron en la jurisdicción del Batallón de Artillería No. 13, teniendo la misma consecuencia: el apoyo del Ejército en labores de seguridad ciudadana, concretamente en la prevención de hurtos. Por supuesto, la legalidad de esta medida no es clara.

Al investigar dicha situación, encontramos dos asuntos alarmantes. En primer lugar, la Personería de Bogotá no tenía conocimiento de estos patrullajes y, por lo tanto, no realizó acompañamiento especial. Es decir, que no hay protocolos de derechos humanos. Segundo, las Secretarías de Gobierno y Seguridad se negaron a responder las preguntas que hicimos, y las trasladaron por competencia a la Alcaldía Local de San Cristóbal ¿La decisión de una medida tan excepcional como esta no le compete a la Alcaldía Distrital sino a las Alcaldías Locales?

Esta medida es una muestra más de una seguridad ciudadana que se aleja de la construcción de democracia y del enfoque en derechos humanos. Desde el Concejo de Bogotá he denunciado, al igual que varias organizaciones de derechos humanos, que la política de seguridad ciudadana en Colombia se ha basado en el perfilamiento de enemigos, en la imposición de la autoridad y en el miedo.

Es hora de repensar la política de seguridad ciudadana y tomar medidas para materializar su propósito: garantizar el libre ejercicio de los derechos humanos. La prevención es la piedra angular de la seguridad ciudadana, pero ésta no debe basarse en el miedo a la sanción o al uso de la fuerza. Desde el enfoque de cultura ciudadana, afirmamos que las medidas por las malas (como la descrita) son insuficientes para disminuir los índices de inseguridad, por lo que es necesario integrar medidas legales, de autorregulación y regulación mutua. Por las buenas. Militarizar la ciudad no es la solución.

Se militariza una ciudad en un caso extraordinario y cuando el orden público de la ciudad está en alto riesgo. Para llegar a esa medida hay que tener todos los controles, argumentos, acompañamientos y, sobre todo, garantías de derechos humanos. Tanta opacidad en la información, así como que la Personería no tenga claridad de esta militarización, y que la secretaria de gobierno sugiera que esta decisión es potestad de las alcaldías locales es muy grave para la democracia y el bienestar de la ciudad.

Diego Cancino

Concejal de Bogotá Filósofo de la Universidad Nacional de Colombia. Tiene estudios de maestría en políticas públicas de la Universidad de los Andes. Asesor en la Cámara de Representantes y profesor en la Universidad de los Andes y en la Universidad del Externado.

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