El Tribunal Superior de Pasto ha ordenado al Ministerio del Interior garantizar la consulta previa de comunidades de afrodescendientes e indígenas del departamento Nariño y tenerlos así en cuenta para la utilización de la aspersión aérea con glifosato como fórmula para combatir el cultivo de plantas utilizadas para fabricar drogas.
Este nuevo revés al Gobierno colombiano refuerza la decisión de la Corte Constitucional, que suspendió en 2017 y hasta que las autoridades garanticen el derecho a la salud, participación y medio ambiente de las comunidades en Colombia el uso de glifosfato.
En marzo de 2020, el Ministerio del Interior dictaminó que no era necesario que las comunidades afrodescendientes e indígenas de Nariño participaran en consulta previa, pues sus territorios étnicos serían excluidos de la aspersión con glifosato.
«Resulta procedente atender lo alegado por la parte accionante, ya que quién más que aquellas comunidades indígenas y especialmente afrodescendientes, pueden contar con la información pertinente para indicar que varias de las zonas objeto de intervención coinciden con aquellos territorios ancestralmente ligados a sus comunidades», indica la sentencia.
El dictamen se ampara en la necesidad de garantizan los derechos a la salud, vida digna y medio ambiente sano de las personas, en especial las comunidades donde ha existido un histórico abandono estatal.
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