La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda interpuesta por los senadores Efraín Cepeda, Nadia Blel, y demás congresistas de oposición que piden tumbar el decreto firmado por el Gobierno Nacional que convoca a una consulta popular, suspendiéndole provisionalmente al considerar que la medida se tomó de manera irregular.
“En ese orden de ideas, debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe” sentenció la Sección.
Al respecto, el Gobierno Nacional a través del ministro del Interior, Armando Benedetti, respondió que es la Corte Constitucional la que debe definir su validez.
“La ley dice que no y ya. La Corte Constitucional dijo que no. Nosotros remitimos el decreto a la Corte. Luego, es allí donde debe decidirse si es inconstitucional o no. Ese es el punto”, explicó el ministro.
En ese sentido, advirtió que, si bien la decisión del Consejo de Estado genera debate, no corresponde a esta corporación declarar la inconstitucionalidad de un acto administrativo, lo que podría llevar —en sus palabras— a un eventual “choque de cortes”.
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