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Confidencial Noticias 2025


El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, informó que este lunes que el servicio de rentas internas de los Estados Unidos de América (IRS por sus siglas en inglés), actualizó el listado de jurisdicciones con las cuales están dispuestos a intercambiar información e incluyó a Colombia.

De acuerdo con el Jefe de la cartera de Hacienda, sólo tres países latinoamericanos (Brasil, Colombia y México) hacen parte de este listado.

«Esto reafirma el espíritu de cooperación que existe entre los dos países y el cumplimiento por parte de Colombia de los más altos estándares en materia de confidencialidad y seguridad de la información tributaria. Este puede ser el paso más importante en la lucha contra la evasión pues permitirá saber que activos financieros poseen en los Estados Unidos los colombianos que deban pagar impuestos en el país», dijo el funcionario.

Y agregó: «la inclusión de Colombia en el listado mencionado constituye un gran avance en la lucha contra la evasión y la elusión fiscal pues supone la puesta en marcha de lo previsto en el Acuerdo para el Intercambio de Información Tributaria que Colombia y Estados Unidos firmaron en el año 2001 y que fue aprobado por el Congreso de la República en el año 2013 mediante la Ley 1666».

El titular de la cartera de Hacienda indicó que con base en dicho acuerdo, las instituciones financieras de los Estados Unidos de América deberán identificar los activos financieros de propiedad de residentes fiscales colombianos y los rendimientos financieros asociados a dichos activos.

«Dichas entidades reportan esa información al IRS quien a su turno enviará automáticamente a la DIAN cada 30 de septiembre información sobre dichos rendimientos financieros. El primer envío de información por parte del IRS a la DIAN comprende información correspondiente a los años 2014 y 2015, la cual será recibida en las próximas semanas», precisó Cárdenas.

El Ministro de Hacienda aseguró que esta nueva fuente de información con la que contará la DIAN, fortalecerá su lucha contra la elusión y la evasión fiscal internacional, y más en el contexto en el que la Ley 1819 de 2016 amplió el término de firmeza de las declaraciones fiscales.

«Vale la pena recalcar que es completamente legal y legítimo tener cuentas financieras en el exterior; pero es necesario que las mismas sean declaradas por parte de los residentes fiscales colombianos en sus declaraciones tributarias e informadas en la declaración de activos en el exterior», dijo Cárdenas.

Finalmente es importante recordar que este año, 2017, es el último año en que se causará el impuesto complementario de normalización tributaria a la tarifa del 13 % sobre el valor patrimonial de los activos omitidos o los pasivos inexistentes incluidos, en las declaraciones tributarias de años anteriores. El pago de este impuesto trae consigo la no aplicación del régimen de comparación patrimonial en el impuesto sobre la renta y la no imposición de sanciones cambiarias. Este impuesto fue creado por la Ley 1739 de 2014 y declarado exequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-551 de 2015.

Esneyder Negrete – @esnegrete

Comunicador Social – Periodista egresado del Politécnico Grancolombiano de Bogotá, escribo sobre política, Derechos Humanos, conflicto armado, entre otros temas. Llevo cinco años vinculado a Confidencial Colombia.

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