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Confidencial Noticias 2025


La decisión de la Corte Suprema de Justicia sobre la demanda en contra del Marco Jurídico para la Paz, abre la puerta para que aquellos guerrilleros que no hayan cometido delitos de lesa humanidad puedan participar en política.

Después de que fuera demandado el Marco Jurídico para la Paz, por el abogado y exviceministro de Justicia del gobierno Uribe, Rafael Guarín, la Corte Constitucional decidió que este se ciñe al marco normativo del país.

El alto tribunal estudió la ponencia de la magistrada Martha Sáchica en el sentido de que podrán participar en política todos aquellos guerrilleros que no tengan en su haber delitos de lesa humanidad y genocidio. Esta ponencia estaba en contradicción con la presentada por el exmagistrado Alberto Rojas Ríos, sobre quien decidió el Consejo de Estado que su elección era nula. Cabe anotar que Sáchica presentó la ponencia el pasado viernes, misma día en que entro a reemplazar temporalmente a Ríos.

La ponencia del exmagistrado proponía que los excombatientes de la guerrilla podrían participar en política en el marco del proceso de paz y, siempre y cuando hubieran garantizado los derechos delas víctimas. Esta ponencia dejaba abierta la puerta para que aquellos incursos en delitos graves, de lesa humanidad, genocidio, crímenes de guerra y narcotráfico pudieran ser elegidos en cargos de elección popular.

La Corte Constitucional se pronunció con una votación de 6 a 3 a favor de la ponencia de Sáchica que venía a presentarse como respuesta a la de manda de nulidad presentada por Guarín. En ella el abogado uribista pedía que los impedimentos para participar en política se ampliaran a narcotraficantes, terroristas y criminales de guerra. Sin embargo, la decisión del alto tribunal dejó el Marco Jurídico para la Paz tal y como fue aprobado en un principio.

La primera ponencia, es decir la presentada por Rojas Ríos no fue estudiada a fondo debido a que no tuvo una acogida suficiente para que llegara a ser votada a favor por algún magistrado.

Así las cosas, ningún miembro del Secretariado de las Farc podría aspirar a un cargo de elección popular ya que estos se encuentran condenados por ese tipo de delitos.

Los tres magistrados que votaron en contra fueron Gabriel Eduardo Mendoza, Jorge Iván Palacio y Gloria Ortíz. Para Mendoza la demanda estaba mal presentada por lo cual no era procedente el proceso surtido y la votación debida. Para los otros dos magistrados no deben existir restricciones para permitir que participen en política quienes se encuentren en un proceso de paz.

De esta manera, el Marco Jurídico para la Paz sigue siendo la plataforma de justicia transicional establecida para juzgar a quienes se acojan a lo que se llegue a acordar, en términos de desmovilización y responsabilidad jurídica, en la mesa de diálogos de La Habana.

Esneyder Negrete – @esnegrete

Comunicador Social – Periodista egresado del Politécnico Grancolombiano de Bogotá, escribo sobre política, Derechos Humanos, conflicto armado, entre otros temas. Llevo cinco años vinculado a Confidencial Colombia.

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