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Colombia se convierte en el cuarto país de Latinoamérica en legalizar la marihuana con fines medicinales, después de que la Cámara de Representantes aprobara el proyecto, idea del senador liberal Juan Manuel Galán. Incluye Abecé del proyecto de Decreto “Uso de Cannabis con fines médicos y científicos”.

Con 84 votos a favor y cuatro en contra, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley por medio del cual se reglamenta el cultivo de plantas de cannabis y la posesión de semillas para siembra, así como los procesos de producción y fabricación, exportación, importación y uso de éstas y sus derivados, destinados a fines estrictamente médicos y científicos.

Para llevar a cabo cualquiera de estas actividades la persona natural o jurídica deberá solicitar una licencia para poder desarrollarla:

Para el cultivo

La persona natural o jurídica que quiera cultivar plantas de cannabis deberá solicitar una licencia presentando los documentos descritos en los artículos 5 y 11 del Decreto ante el Consejo Nacional de Estupefa-cientes (CNE), quien tendrá 30 días hábiles para aceptarla o negarla.


Para la fabricación

El que quiera obtener una licencia de fabricación deberá presentar la solicitud acreditando los documentos descritos en los artículos 5 y 18 del Decreto) ante el Ministerio de Salud y Protección Social, quien tendrá 30 días hábiles para aceptarla o negarla y la otorgará.


Para exportar

Para la exportación se deberá solicitar una licencia ante el Ministerio de Salud y Protección Social, presentando los documentos descritos en el Art. 5 del Decreto y cumpliendo con la inscripción de que trata la Resolución 1478 de 2006, quien tendrá 30 días hábiles para acep-tarla o negarla.

Es importante resaltar que tanto el CNE como el Ministerio de Salud podrán declarar la pérdida de la licencia de cultivo, fabricación, producción y ex-portación si el licenciatario no cumple con los requisitos establecidos.

Asimismo, tanto el Ministerio de Salud y Protección Social, el CNE o la Policía Nacional podrán hacer visitas esporádicas a los predios donde se encuentren los cultivos, áreas de fabricación y producción o las bodegas de almacenamiento para exportación, con el fin de verificar las condiciones de seguridad de los mismos.

En Cuanto a la inclusión en el plan de beneficios de productos terapéuticos derivados del cannabis, el Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe, aseguró hace algunos meses que es una decisión que aún no se ha tomado.

“La decisión de inclusión en los planes de salud se basa en una serie de consideraciones que son epidemiológicas: medicina basada en evidencia, para incluirla debe pasar algún tiempo”, explicó en ese momento el jefe de la cartera de salud.

Abecé del proyecto de Decreto “Uso de Cannabis con fines médicos y científicos”

Esneyder Negrete – @esnegrete

esnegrete05@gmail.com
Comunicador Social – Periodista egresado del Politécnico Grancolombiano de Bogotá, escribo sobre política, Derechos Humanos, conflicto armado, entre otros temas. Llevo cinco años vinculado a Confidencial Colombia.

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