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Confidencial Noticias 2025



Sin mencionar directamente al presidente de Colombia, Iván Duque, la Corte Penal Internacional, a través de su vicefiscal, James Stewart, expresó que es importante que la JEP tenga un marco legal definido cuando está pendiente la sanción presidencial de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción.

«De no ser el caso, esto podría constituir un revés y tendríamos que considerar sus implicaciones», advirtió.

Stewart manifestó que la CPI apoya a la JEP como el mecanismo clave de la justicia transicional adoptado de conformidad con los acuerdos de paz en Colombia. Esta declaración se produce 48 horas después de que el Fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, hiciera algunas objeciones a la Ley Estatutaria.

La Corte Penal Internacional es el máximo tribunal internacional que juzga a los responsables de crímenes de guerra, de lesa humanidad y genocidio, previstos en el Estatuto de Roma. La CPI se encuentra haciendo un examen preliminar del caso colombiano y ha seguido de manera permanente las decisiones del Estado colombiano para que estos crímenes no queden en la impunidad. 

Esta no es la primera vez que la CPI se pronuncia en defensa de la JEP. El primero de noviembre de 2018, Stewart dijo: «Permitan que los magistrados de la JEP hagan su trabajo. Apóyenlos en todos los aspectos que sean necesarios. La paz con justicia y la rendición de cuentas son formas eficaces de garantizar que la paz sea sostenible y duradera».

Esta es  la declaración de James Stewart, vicefiscal de la CPI:

 «La Fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, se ha referido siempre a la Jurisdicción Especial para la Paz en Colombia, también conocida como «JEP», desde la perspectiva de sus propias responsabilidades de evaluar si las autoridades nacionales se están ocupando de los crímenes del Estatuto de Roma, como los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra, de manera genuina.

Hemos aceptado que las medidas de justicia transicional que Colombia decidió adoptar podrían, si fueran implementadas y aplicadas adecuadamente, cumplir con los objetivos de rendición de cuentas, disponibilidad de recursos para las víctimas y contribución a la disuasión de crímenes futuros, previstos en el Estatuto de Roma.

 Hemos, por lo tanto, apoyado a la JEP, como el mecanismo clave de justicia transicional adoptado de conformidad con el acuerdo de paz. Notamos asimismo ciertas preocupaciones planteadas recientemente por el Fiscal General de la Nación, por ejemplo respecto a la importancia de llevar a los autores directos a rendir cuentas. En este sentido, es nuestro deseo que la Fiscalía General de la Nación y la JEP puedan establecer conjuntamente una distribución eficiente de trabajo y sinergias. A tal fin, observamos la importancia de que la JEP tenga un marco legal definido. De no ser el caso, esto podría constituir un revés y tendríamos que considerar sus implicaciones».

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