El pasado 19 de diciembre de 2025, mientras la Rama Judicial iniciaba su vacancia, el Gobierno Nacional —a través del ministro de Hacienda y Crédito Público— anunció, en el marco de la rueda de prensa del Banco de la República sobre la tasa de interés de referencia, la expedición de un decreto de emergencia económica por la situación fiscal del país.
Según el ministro, en los últimos 30 años no ha existido ningún antecedente en el cual, el Congreso de la República haya aprobado el Presupuesto General de la Nación, el cual requería para su ejecución una ley de financiamiento y dos meses después el mismo Congreso niegue dicha norma.
Cuando el Gobierno opta por crear o mantener vigentescargas tributarias mediante decretos, incluso bajo el amparo de estados de excepción, principios tributarios centrales como el de legalidad (Nullum tributum sine lege praevia) se ven seriamente tensionados, por lo que, contrario a lo manifestado por el ministro, la decisión del Congreso de la República de negar la ley de financiamiento, lejos de convertirse en una razón para aprobar por decreto una reforma tributaria, debería ser un punto de inflexión para resolver los motivos de fondo de esa negativa, en lugar de desconocer el debate democrático.
El problema no es solo legal, es profundamente político. Los impuestos afectan directamente el bolsillo de las personas, el consumo, la inversión y el comportamiento económico cotidiano. Por eso, en una democracia, estas decisiones deberían surgir de una deliberación amplia y plural, donde estén representados los territorios, los sectores productivos y las distintas visiones del país. El decreto, por definición, reemplaza esa deliberación por la imposición.
Más preocupante aún es el efecto acumulativo de esta práctica. El uso reiterado de decretos de emergencia para resolver problemas fiscales termina normalizando lo excepcional. Lo que debería ser una herramienta extraordinaria se convierte en la vía ordinaria para definir la política tributaria ante el fracaso de las relaciones entre el Gobierno y el Congreso, vaciando de contenido el papel del legislativo y erosionando la confianza ciudadana en el sistema tributario, para incluso sostener más adelante propuestas de Asambleas Constituyentes apelando al poder constituyente primario en medio de un ambiente político polarizado y pre-electoral.
La Casa de Nariño se mantiene firme en su decisión de expedir por vía de decreto las medidas que considera necesarias para resolver el déficit presupuestal. Mantiene medidas que ya están vigentes como el IVA del 19% a los juegos de suerte y azar por internet cuya vigencia terminaba el 31 de diciembre del año en curso e impone el 5 x 1.000 a los movimientos financieros, afectando de manera directa el bolsillo de millones de colombianos y bogotanos, en especial de los usuarios de plataformas digitales, pequeños comercios y empresas formales.
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El interés del Gobierno en el segmento de los juegos de suerte y azar por internet no es gratuito. Según cifras de Coljuegos, a julio de 2025 el recaudo por Derechos de Explotación de los Juegos de Suerte y Azar alcanzó $582.046 millones, de los cuales $232.200 millones, equivalentes al 39,9 %, provinieron de los juegos operados por internet.
En términos simples, casi uno de cada dos pesos que recibe el Estado por juegos de azar ya proviene del canal online. Mantener el IVA precisamente sobre el sector más dinámico del mercado implica el riesgo de debilitar el mismo ecosistema regulado que hoy sostiene buena parte del recaudo. La Federación Colombiana de Empresarios de Juegos de Suerte y Azar (Fecoljuegos) ya alertó que el IVA del 19% a las apuestas en línea ha reducido en un 30% los recursos de las empresas que terminan aportando al sistema de salud.
Elkin Huertas Carrasquilla
Concejal de Bogotá
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