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La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz, al resolver una petición que elevó la Fundación Defensa de Inocentes, negó la posibilidad de restringir la libertad en Zonas Veredales de Normalización de los exjefes guerrilleros Pablo Catatumbo y Julián Gallo, conocido como ‘Carlos Antonio Lozada’. Igualmente, negó la posibilidad de separarlos de sus curules en el Congreso.
La Fundación Defensa de inocentes, presidida por el exdiputado del Valle Sigifredo López, solicitó restringir la libertad de los guerrilleros en Zonas Veredales de Normalización y restringir las actividades como congresistas de Julián Gallo Cubillos y Pablo Catatumbo Torres, argumentando que los exguerrilleros podrían obstruir el proceso de paz o no comparecer a los trámites de la justicia transicional.
Los magistrados de la JEP determinaron que la medida cautelar solicitada estaba basada en «una premisa hipotética que supone un riesgo de abandono de los compromisos adquiridos en el Acuerdo Final por parte de los comparecientes individualizados en el Auto No. 019 de 2021 ante el rearme de algunos excomparecientes de la JEP».
Con la decisión, los dos congresistas del Partido Comunes, seguirán ocupando sus curules, producto de los Acuerdos firmados en el Teatro Colón.
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