En días pasados el senador, Roy Barreras, propuso utilizar la figura del Fast Track para darle agilidad a las propuestas de reformas que presentará el gobierno de Gustavo Petro a partir del próximo 7 de agosto.
La idea causó polémica porque dicho mecanismo obliga a reducir el número de debates a la mitad y además se corre el riesgo de que se niegue la posibilidad a los congresistas de presentar nuevas propuestas de artículos para los proyectos que hagan parte del paquete de iniciativas de gobierno. Los representantes y senadores solo tendrían la opción de aprobar o negar con su voto las ideas de reformas que salgan del Palacio de Nariño.
Ante el debate que ese estaba generando, el senador Barreras tuvo que salir a aclarar que se le pedirá al Gobierno Petro utilizar el llamado a sesiones extras para dar mayor rapidez a los debates y que se hará uso de un mayor número de plenarias tanto en Cámara como Senado, sin tener que acudir al mecanismo especial del Fast Track, que además debe ser autorizado por la Corte Constitucional y por el mismo Congreso de la República.
¿Qué es el Fast Track y cómo opera?
El Fast Track se expidió a través del Acto Legislativo 01 del 2016, por medio del cual se facilitó el debate y aprobación de una serie de normas para la implementación del Acuerdo de Paz.
Mediante el mecanismo del Fast Trac, el primer debate de los proyectos se surte en sesión conjunta de las comisiones constitucionales permanentes respectivas. En concordancia con lo anterior: “Los actos legislativos serán tramitados en una sola vuelta de cuatro debates.
El tránsito del proyecto entre una y otra Cámara será de 8 días”. Por eso, estos proyectos podrán tramitarse en sesiones extraordinarias.