La Sala Plena de la Corte Constitucional con una votación 5 – 4 determinó que quien debe investigar y juzgar al presidente de la república en ejercicio, en este caso, Gustavo Petro.
El alto tribunal llegó a esta decisión al considerar que que eso es tarea de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
La Corte Constitucional dejó claro que el papel del Consejo Nacional Electoral es el de investigar a las campañas, partidos, movimientos y demás integrantes de las campañas presidenciales y de consulta interpartidista de 2022, pero en ningún momento al presidente de la República.
En el fallo otorgó un plazo al CNE para que en un plazo de cinco días hábiles haga llegar a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, las investigaciones adelantadas en el caso de la presunta financiación irregular de dichas campañas, con el fin de que esta corporación ejerza las competencias que le corresponden frente al presidente.
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